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Coronavirus Covid-19

Anulan la acusación contra un asturiano que se saltó nueve veces el confinamiento en abril de 2020

El Ministerio Fiscal considera que la desobediencia fundada en una norma nula no constituye una infracción ya que el primer estado de alarma fue declarado inconstitucional en julio

La Fiscalía solicitaba el pago de una multa de 2.160 euros por no cumplir la limitación de circulación por la vía o espacios públicos. / Getty Images

La Fiscalía solicitaba el pago de una multa de 2.160 euros por no cumplir la limitación de circulación por la vía o espacios públicos.

Asturias

Asturias ha registrado el primer caso en el que la Fiscalía ha retirado la acusación contra un hombre que se saltó hasta en nueve ocasiones el confinamiento impuesto durante el primer estado de alarma por la covid-19, después de que el Tribunal Constitucional (TC) lo declarara inconstitucional el pasado mes de julio.

La Fiscalía retiró la acusación por un delito de desobediencia grave a los agentes de la autoridad antes de que diera comienzo la vista oral que iba a celebrarse este miércoles en el Juzgado de lo Penal 3 de Oviedo. El Ministerio Fiscal considera que la desobediencia fundada en una norma nula no constituye una infracción, pues vulneraría el principio de legalidad penal contemplado en el artículo 25.1 de la Constitución española.

En su escrito de calificación provisional, fechado en octubre de 2020 y, por tanto, anterior a la sentencia del TC, el Ministerio Fiscal solicitaba el pago de una multa de 2.160 euros por no cumplir la limitación de circulación por la vía o espacios públicos. Ante la declaración de inconstitucionalidad y nulidad del artículo 7.1 del Real Decreto de 14 de marzo de 2020, por el que se declaró el estado de alarma, todas las sanciones que se pudieran derivar de su posible infracción se convierten en nulas, atendiendo a los preceptos constitucionales, argumentación en la que se ha basado la Fiscalía.

Los hechos por los que iba a ser juzgado ocurrieron sobre las 16:30 horas del 24 de abril de 2020, cuando el acusado fue interceptado por funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía en la calle Fuente de la Plata de Oviedo, incumpliendo el real decreto dictado por el Gobierno. 

Así, los agentes le advirtieron de que no podía transitar por la vía pública, como ya le habían comunicado con anterioridad al haber sido sancionado administrativamente hasta en ocho ocasiones, y de que, en caso de infringir nuevamente el confinamiento, iba a ser detenido por desobediencia. No obstante, el acusado, sobre las 17:05 horas de ese mismo día, se encontraba en la vía pública, en la calle José María Martínez Cachero de Oviedo, donde fue detenido.

 
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