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Cadalso de los Vidrios

Libertad provisional para el acusado de matar de un disparo a un amigo en Cadalso de los Vidrios

El suceso tuvo lugar el pasado 4 de septiembre en el interior de un domicilio de Cadalso de los Vidrios

Los servicios de emergencia frente al domicilio donde ocurrió el suceso en Cadalso de los Vidrios / Emergencias 112/Europa Press

Los servicios de emergencia frente al domicilio donde ocurrió el suceso en Cadalso de los Vidrios

Móstoles

La Audiencia Provincial de Madrid ha acordado dejar en libertad provisional a Francisco S.M., para quien un Juzgado de Navalcarnero decretó el pasado mes de septiembre prisión por matar supuestamente de un disparo a un amigo en la localidad madrileña de Cadalso de los Vidrios.

Así lo acuerda el tribunal en un auto en el que estima el recurso de Francisco S.M. contra la decisión del Juzgado aunque le impone la obligación de comparecer ante el mismo los días que determine el juez que lleva la causa, así como que cumpla cualquier otra medida cautelar que se acuerde para él.

El suceso ocurrió a las 4.30 horas del pasado 4 de septiembre en el interior de un domicilio de Cadalso de los Vidrios situado en la calle Fuente de Los Palacios.

La Policía Local inició las maniobras de reanimación cardiopulmonar de la víctima, de 31 años, hasta la llegada del Summa 112 que realizó la misma maniobra de forma avanzada, pero tuvo que confirmar su fallecimiento a consecuencia de una herida por arma de fuego.

El presunto autor de los hechos es un hombre de 49 años que fue detenido y para el que el Juzgado de Instrucción número 3 de Navalcarnero decretó prisión provisional por supuestos delitos de homicidio y tenencia ilícita de armas.

La Audiencia fundamenta que en este caso son varios los informes técnicos cuya realización es necesaria para esclarecer qué sucedió realmente esa madrugada en uno de los dormitorios de la vivienda unifamiliar en la que fue encontrada la víctima, que presentaba una herida en la parte alta del abdomen a la altura del esternón, que le ocasionó la muerte de manera prácticamente instantánea.

Añade que la única persona que se encontraba en el lugar era Francisco S.M., quien aseguró en su declaración que se trató de un suceso fortuito cuando se disponía a retirarle el arma de la mano de la víctima pues se hallaba cargada y ya había tenido lugar una primera detonación que había alcanzado al techo.

La Sala comenta que esta versión de los hechos puede generar ciertas dudas en este momento, como indica el juez en su auto, "por lo que no es posible descartar otras hipótesis".

Explica que el fallecido vestía un chaleco antibalas que era propiedad de Francisco S.M. y que según él pretendía regalarle , pero no evitó que la bala se introdujese en el cuerpo de la víctima.

Pero el tribunal destaca que "es esa incertidumbre la que impide mantener la medida cautelar privativa de libertad sobre el investigado".

Indica que "de lo actuado hasta el momento no aparecen indicios que apunten a la existencia de dolo directo en el actuar de Francisco S.M. al retirar el arma de la mano de la víctima o al disparar".

"Será el curso de la investigación el que permita lograr un mayor esclarecimiento de los hechos e impulsar el procedimiento por la vía de la imprudencia o del homicidio", explica.

Por otra parte, señala que no hay motivos para dudar ni del arraigo familiar ni laboral del investigado, que no tiene antecedentes penales, "y no se adivina un riesgo de reiteración delictiva o de ocultación de pruebas, circunstancias todas ellas de las que no se infiere un elevado riesgo de fuga".

 
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