Radio Club DeportivoRadio Club Deportivo
Deportes
Polideportivos

Entran en vigor nuevas medidas para las instalaciones deportivas de Santa Cruz de Tenerife

A raíz del acuerdo del Gobierno de Canarias del 16 de septiembre que decidió que Tenerife pasara a Nivel 2.

Alicia Cebrián - Actualidad Tenerife / Cadena Ser

Alicia Cebrián - Actualidad Tenerife

Santa Cruz de Tenerife

El Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife ha procedido a actualizar las condiciones de uso de las instalaciones deportivas municipales para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 con la a raíz del acuerdo del Gobierno de Canarias del día 16 de septiembre que decidió que la isla de Tenerife pasara a Nivel 2 de Alerta.

En primer lugar, se determina que Las canchas deportivas descubiertas permanecerán abiertas, con excepción de las que se relacionan a continuación que permanecerán cerradas en horario de 19.00 a 06.00 horas: Instalaciones deportivas anexas a la Casa Pisaca; Canchas deportivas de la Calle Lorenzo Tolosa (trasera al CEIP La Salud); Canchas deportivas situadas en la Avenida Cercado Corazón (Parque Santa Catalina). El uso del resto de instalaciones no estará permitido desde las 22.00 hasta las 06.00 horas.

Del mismo modo se permite el uso de los Skate Park y las instalaciones de calistenia. Manteniendo la distancia de seguridad interpersonal de 2 metros en todo momento. También se subraya que el uso de todos los espacios deportivos deberá realizarse según las limitaciones que se exponen a continuación: El entrenamiento y competición deportiva profesional y federada de ámbito nacional e internacional, se podrán realizar según lo recogido en el protocolo de sus respectivas federaciones.

Los encuentros amistosos de ámbito nacional se podrán realizar sin la presencia de público. La práctica deportiva (sin incluir la profesional y la federada de ámbito nacional) podrá realizarse en las salas de actividades

En todo caso la mascarilla será obligatoria y se deberá mantener la distancia de seguridad de 2 metros (El aforo máximo será del 50%). En las pistas de squash la mascarilla será obligatoria y con máximo de 2 personas por pista. En las pistas de tenis también el uso de la mascarilla será obligatorio cuando haya más de 2 usuarios en pista. Si estuvieran dos usuarios (1/1) en la pista, no será necesario el uso de la mascarilla siempre que se mantenga la distancia de dos metros. Se recuerda igualmente que no se permite la asistencia de público, únicamente permitiendo las personas acompañantes de menores (máximo de 2 personas por menor).

En las canchas deportivas descubiertas, y para el deporte no federado, la mascarilla será obligatoria y con 8 personas como máximo simultáneamente. No se superará el 75 % de aforo deportivo en cada uno de los espacios.

Deporte federado: La mascarilla será obligatoria y aforo de 48 deportistas en toda la instalación, durante la competición se permite la asistencia de público al 75% de aforo. En el transcurso de los entrenamientos y celebración de encuentros amistosos, únicamente se permitirá la presencia de las personas acompañantes de menores (máximo de 2 personas por menor) manteniendo todas las medidas de prevención y protección, especialmente mascarilla en todo momento y garantizando la distancia de seguridad interpersonal de al menos 1,5 m.

Por su parte, en los polideportivos cubiertos se permite un máximo de 36 deportistas en toda la instalación con la misma norma del uso de mascarilla obligatoria en todo momento. En el caso de los vestuarios, estos permanecerán cerrados salvo para diversidad funcional y excepciones.

En el deporte federado se permite la asistencia de público al 50% de aforo durante la competición oficial.

En el Pabellón Ana Bautista se permitirá un máximo 12 personas por tapiz, mientras que en las piscinas cubiertas de titularidad pública del municipio con uso libre habrá un máximo de 6 personas por calle y 8 en vaso rehabilitador, pudiéndose determinar, por parte del personal de la instalación un menor número de usuarios por calle, según las condiciones de nado, tratando de mantener la distancia de 2 metros que será obligatoria en los descansos. En el caso de los clubes deportivos autorizados, podrán ir en grupos máximo 8 personas por calle y los vestuarios permanecerán abiertos al usuario libre y diversidad funcional en deporte federado, no permitiéndose la asistencia de público. Para la piscina Acidalio Lorenzo, en el caso de los usuarios libres habrá un máximo de 8 personas por calle en vaso de 50 metros y 6 personas en vaso de 25m. En vaso rehabilitador máximo 12 personas, pudiéndose determinar, por parte del personal de la instalación un menor número de usuarios por calle. En la misma instalación y para el deporte federado podrán ir en grupos máximo 8 personas por calle, tanto en 50 como en 25 metros.

En Waterpolo y Natación Artística está autorizado el entrenamiento tratando de mantener la distancia interpersonal de 2 metros. Los vestuarios permanecerán abiertos al usuario libre y diversidad funcional en deporte federado. Durante la competición se permite la asistencia de público al 75% de aforo. En el transcurso de los entrenamientos y celebración de encuentros amistosos, únicamente se permitirá la presencia de las personas acompañantes de menores (máximo de 2 personas por menor) manteniendo todas las medidas de prevención y protección, especialmente mascarilla en todo momento y garantizando la distancia de seguridad interpersonal de al menos 1,5 metros.

En los campos de fútbol, en la práctica de deporte federado de ámbito regional e insular se permite un máximo de 66 deportistas para campos de fútbol 11, mientras que se restringe a 36 deportistas para los campos de fútbol 8. En dichas instalaciones municipales se permite la asistencia de público al 75% de aforo durante la competición oficial, mientras que en el transcurso de los entrenamientos y la celebración de encuentros amistosos, únicamente se permitirá la presencia de las personas acompañantes de menores (máximo de 2 personas por menor) manteniendo todas las medidas de prevención y protección, especialmente mascarilla en todo momento y garantizando la distancia de seguridad interpersonal de al menos 1,5 metros. En todos los casos se mantiene vigente la prohibición de comer, beber y fumar a los acompañantes en gradas, ni en los espacios que no estén habilitados al efecto. Los vestuarios permanecerán cerrados salvo para diversidad funcional y excepciones. Además, se recuerda a los clubes y entidades, el cumplimiento de las siguientes medidas de orden general:

a) Se cumplirán, de forma estricta, los horarios de uso de la instalación deportiva autorizada; resulta obligatorio acceder a las instalaciones deportivas, así como abandonarlas, con la debida puntualidad.

b) La entidad deportiva se responsabiliza de organizar a sus grupos de trabajo, así como de cumplir con las normas de aforo que en cada caso se determine por la autoridad competente en el ámbito sanitario y/o deportivo.

c) Cada entidad deberá estar provista de los correspondientes elementos de prevención (termómetros, gel hidroalcohólico, líquido desinfectante, etc.) y un representante acreditado de la entidad deberá tomar la temperatura de los/as deportistas antes del inicio de los entrenamientos y siempre con carácter previo al acceso al lugar de práctica.

d) Se respetarán los espacios y circuitos de acceso y salida a/de la instalación deportiva que se encuentren señalizados o, en su caso, los que se determinen en cada caso por el personal de este Ayuntamiento.

e) Para acceder a la instalación deportiva, los deportistas (incluidos personal técnico y directivo) estarán adecuadamente equipados se debe cambiar el calzado antes de acceder a la zona de entrenamiento en los espacios señalizados o, en su caso, en los que se indiquen por el personal de este Ayuntamiento. La mascarilla será obligatoria en todo momento.

f) El material que porte cada persona usuaria (deportistas, personal técnico y directivo), tales como mochilas, bolsas deportivas o cualesquiera otros se depositarán en los espacios que, a tal efecto, delimite cada entidad, debiendo tener en cuenta que deberán guardar, al menos, una distancia de dos (2) metros entre ellos.

g) A la finalización de cada práctica deportiva, cada entidad autorizada será responsable de la limpieza y desinfección de todos y cada uno de los equipamientos de uso común (banquillos, mesas de anotadores, porterías y cualesquiera otros elementos que puedan o sean susceptibles de ser utilizados por otros equipos o grupos estables). El incumplimiento de esta obligación deberá ser denunciado ante el Servicio de Deportes tanto por el personal municipal como por la entidad usuaria siguiente, y, en su caso, deparará a la entidad incumplidora los perjuicios a que haya lugar.

Todas estas medidas están en vigor desde el pasado 16 de Septiembre y hasta que se acuerde expresamente su suspensión.

 
  • Cadena SER

  •  
Programación
Cadena SER

Hoy por Hoy

Àngels Barceló

Comparte

Compartir desde el minuto: 00:00