La UPV admitirá a transexuales y no binarios el uso de su nombre preferido
Sin embargo, en los documentos oficiales, como certificados o títulos, que expida la Universidad constará el que figure en el Registro Civil.
Bilbao
La UPV/EHU ha acordado admitir a las personas transexuales o que se consideran de género no binario el uso de su nombre de preferencia, aunque sea distinto del que figura en su DNI, en sus relaciones documentales internas con la institución académica pública vasca.
Ese acuerdo fue adoptado en el último Consejo de Gobierno de la UPV/EHU antes del verano y figura en el protocolo que regula el cambio de nombre cuando este no coincida con el legal del que se ha dotado la institución académica.
Dicho protocolo establece también la obligatoriedad para "toda la comunidad universitaria" de llamar a las personas trans o no binarias por el nombre de su preferencia, informa la UPV/EHU este jueves en un comunicado.
El protocolo regula el procedimiento para garantizar el derecho de las personas trans o no binarias a ser identificadas en los documentos administrativos internos de la UPV/EHU con el nombre sentido como propio, cuando este no coincida con el nombre legal consignado en el Registro Civil, mientras no se haya procedido a la rectificación del nombre y/o sexo en dicho registro.
¿Quién puede acogerse?
Podrá acogerse a dicho protocolo cualquier persona que integre la comunidad universitaria: alumnado, personal docente e investigador y personal de administración y servicios; así mismo, todas las personas que trabajen o estudien en la UPV/EHU tendrán la obligación de llamar a las personas trans o no binarias por su nombre sentido.
Las solicitudes para utilizar en el ámbito interno de la universidad de un nombre acorde con su identidad (nombre sentido o de su preferencia), deberán dirigirse a la Dirección para la Igualdad de la Universidad del País Vasco.
Una vez autorizada la solicitud, en un plazo máximo de 7 días, esa Dirección se dirigirá a los órganos competentes de la gestión de la documentación administrativa y electrónica para que procedan al cambio de nombre en registros como la cuenta de correo electrónico, las tarjetas universitarias, las listas de clase y actas de calificación y censos electorales, entre otras. El cambio deberá estar listo en 30 días como máximo.
Sin embargo, en los documentos oficiales, como certificados o títulos, que expida la Universidad constará el que figure en el Registro Civil.
En opinión del secretario general de la UPV/EHU, Aitor Zurimendi, “junto a la simplificación del procedimiento administrativo, este protocolo va a contribuir a un objetivo mucho más relevante: la confirmación de un tratamiento normalizado y abierto de la diversidad y de la pluralidad en el seno de nuestra comunidad universitaria”.
El protocolo para el cambio de nombre de las personas trans y no binarias es un paso de la Universidad del País Vasco en favor de la aceptación, el fomento y la protección de la diversidad y la pluralidad en una sociedad donde los modelos de identidad son cada día más numerosos