Año y medio de prisión para acusada malversación en banco alimentos Camargo
Deberá indemnizar al Ayuntamiento con 1.600 euros, la cuantía de los vales utilizados irregularmente
Santander
La secretaria del concejal de Servicios Sociales de Camargo en 2016, Jimena González, que fue declarada culpable de un delito de malversación de caudales públicos por el reparto de vales del Banco de Alimentos del municipio, ha sido condenada a un año y medio de prisión, 1.356 euros de multa y tres años de inhabilitación para empleo o cargo público. Tras ser declarada culpable por el jurado de haber repartido vales de compra del Banco de Alimentos de Camargo a personas no incluidas en el listado y de haberse quedado con varios vales para ella, también deberá indemnizar al Ayuntamiento de Camargo en 1.600 euros, la cuantía de los vales utilizados irregularmente.
Así lo señala la sentencia que se ha dado a conocer y contra la que cabe recurso de apelación ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia. Junto a ella, fue juzgado y también declarado culpable un voluntario que empleó, por encargo de la acusada, 27 de los vales. El magistrado le considera cómplice del delito de malversación y le condena a tres meses de prisión, multa de 150 euros, cuatro meses de inhabilitación para empleo o cargo público e indemnización al Ayuntamiento de Camargo de 270 euros, el valor de los vales que gastó.
Según recoge la sentencia, para imponer la condena a la ex secretaria se ha tenido en cuenta la gravedad de los hechos, "no tanto por el importe apropiado o distraído, sino por el abuso de confianza" por parte de la acusada respecto del concejal de Servicios Sociales y por "apropiarse o distraerse bienes de primera necesidad, destinados a personas y familias también necesitadas".
En este sentido, señala que "si apropiarse o distraer bienes ajenos es reprochable desde todos los puntos de vista, cuando esa apropiación o distracción la realizan personas a las que se ha confiado su distribución y reparto a quienes por razones económicas se encuentran en situación de extrema necesidad, la reprochabilidad es mucho mayor". Los hechos juzgados tuvieron lugar en el reparto de vales que organizó el Ayuntamiento de Camargo en septiembre de 2016. Por entonces, la ahora condenada asumía las funciones de supervisión y organización del Banco de Alimentos de Camargo, que funcionaba con voluntarios a los que ella "supervisaba" en la entrega de vales de compra para familias necesitadas que podían ser canjeados en un supermercado del municipio.
En aquel reparto, el Ayuntamiento dispuso 1.200 vales por un importe de 10 euros cada uno y convocó a las 384 unidades familiares beneficiarias que figuraban en la lista del banco y a las que correspondían un total de 983 vales. La sentencia señala que la acusada "repartió un número no determinado de vales de compra a personas conocidas suyas, sabiendo que no estaban incluidas en las listas de beneficiarios, y se quedó para ella al menos 30", que fueron entregados al otro acusado, quien gastó 27 vales en varias compras de productos frescos para ambos.
Además, la acusada "cambió el sistema de control de reparto, haciendo listados manuscritos de las personas que supuestamente recogían los vales", por lo que no figuraba ni el número de vales a los que la persona beneficiaria tenía derecho, ni el número de vales entregados, ni el número que identificaba a cada uno de esos vales, añade. Así, según la sentencia, el sistema de control de reparto establecido por ella "dificultaba o impedía controlar cuántos y qué vales fueron entregados a los beneficiarios que figuraban en el listado".
En total se utilizaron 1.143 vales de los 1.200 y el Ayuntamiento de Camargo abonó al supermercado 11.401 euros. "La acusada dispuso entre personas que no figuraban en el listado al menos 160 vales por importe de 1.600 euros, que es la diferencia entre los 983 vales repartibles entre las personas en la lista y los 1.143 vales que fueron utilizados en las compras en el supermercado", dice la sentencia.