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El TSJCyL ratifica condena a la Diputación de Burgos por la muerte accidental de una anciana

La mujer cayó por unas escaleras de la residencia cuando la habían dejado sola

Diputación Burgos / Radio Castilla

Diputación Burgos

Burgos

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en Burgos ha ratificado la condena a la Diputación provincial de Burgos por la muerte de una anciana tras caer por unas escaleras en una residencia de la que es titular la Corporación Provincial.

Según informa el TSJCYL, los magistrados confirman la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de la capital burgalesa, que reconoció el derecho de los familiares de la fallecida a ser indemnizados con 80.000 euros por el "deficiente funcionamiento de los servicios" prestados en el centro de mayores donde murió la anciana en marzo de 2017.

La mujer cayó por las escaleras del edificio, que se hallaban a escasos metros del ascensor, después de que una trabajadora la dejara sola en el rellano cuando se dirigían al comedor para ir a desayunar.

La Sala, a la vista de las fotografías aportadas, considera que la anciana fue puesta en peligro no sólo el día del accidente porque el acceso a la escalera estaba abierto y próximo al ascensor y considerar que la anciana "entendía la situación y era obediente y que se le decía que no se moviera y no se movía, no es una medida de cuidado adecuada para evitar el peligro de precipitación por las escaleras, máxime, cuando se indica que presentaba, además de grave déficit de agudeza visual por glaucoma, un deterioro cognitivo propio de sus 92 años de edad”.

La sentencia, que ya es firme al haber expirado el plazo sin que ninguna de las partes haya recurrido ante el Tribunal Supremo, señala que "una medida de cuidado adecuada para evitar un suceso como el ocurrido, si se iba a dejar solo a un residente que presentaba las limitaciones indicadas, es impedir el acceso a las escaleras”.

La Sala, que confirma la nulidad de la resolución de la Diputación que denegó la indemnización a los hijos y nietos de la fallecida, concluye que "lo que queda fuera de toda duda es la falta de medidas para evitar un resultado dañoso como el que tuvo lugar en este caso, pues una residente fue puesta en una situación de peligro que no quedaba eliminada por el hecho de que nunca hubiera hecho la residente como hizo el día en que se produjo la precipitación”.

Los familiares de la anciana reclamaban una indemnización de 130.000, aunque la Diputación se negó a resarcirles por considera que no había responsabilidad de la administración.

El Juzgado de lo Contencioso administrativo les reconoció el derecho a percibir 80.000 euros, tal como ha ratificado ahora el TSJCyL.

 

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