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Amianto

La Justicia ratifica la indemnización de 420.000 euros por una muerte por amianto

Al operario, que trabajó en Productos de Goma Garay SA, después Garay Recubrimientos SL, desde octubre de 1974 hasta mayo de 2018, y que falleció un año después con 64 años, se le diagnosticó un adenocarcinoma pulmonar, según consta en el informe de biopsia del Hospital de Cruces en septiembre de 2017

Al operario, que trabajó en Productos de Goma Garay SA, después Garay Recubrimientos SL, desde octubre de 1974 hasta mayo de 2018, y que falleció un año después con 64 años, se le diagnosticó un adenocarcinoma pulmonar / JMN / Colaborador

Al operario, que trabajó en Productos de Goma Garay SA, después Garay Recubrimientos SL, desde octubre de 1974 hasta mayo de 2018, y que falleció un año después con 64 años, se le diagnosticó un adenocarcinoma pulmonar

Bilbao

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha ratificado la condena a la empresa vizcaína Garay Recubrimientos a indemnizar con 420.346,85 euros a la mujer de un trabajador que murió a causa de un adenocarcinoma pulmonar derivado de inhalar amianto.

Según ha informado la asociación de víctimas de amianto de Euskadi (Asviamie), el TSJPV ha rechazado el recurso presentado por la empresa y ratificado la sentencia del Juzgado de lo Social Nº 1 de Bilbao, que establecía una indemnización de 90.450,56 euros en concepto de daño moral por la pérdida de un familiar y 329.896,29 euros por las secuelas padecidas por Fernando G. Z., derivadas de una enfermedad profesional por el amianto.

Al operario, que trabajó en Productos de Goma Garay SA, después Garay Recubrimientos SL, desde octubre de 1974 hasta mayo de 2018, y que falleció un año después con 64 años, se le diagnosticó un adenocarcinoma pulmonar, según consta en el informe de biopsia del Hospital de Cruces en septiembre de 2017.

Archivo

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El Instituto Nacional de Seguridad Social le reconoció una incapacidad permanente absoluta, derivada de enfermedad profesional.

Según Asviamie, el fallecido usaba y cortaba planchas de amianto, y de uralita en las reparaciones, en sus diferentes puestos de trabajo, por lo que "tuvo una sobreexposición incontrolada y continuada" a fibras de este material, "sin que la empresa adoptase ninguna medida destinada a la evaluación o limitación del grave riesgo para la salud".

La empresa recurrió la sentencia, cuestionó el beneficio hereditario de la “pareja de hecho” del fallecido y afirmó que el adenocarcinoma pulmonar derivaba del hábito de fumar del fallecido

 
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