El Govern contempla multas de hasta 30.000 euros por alquilar infraviviendas
Vivienda advierte de que el decreto autonómico impide alquilar como vivienda habitual pisos con menos de 26m²
Palma
Los anunciantes y propietarios de los apartamentos se enfrentan a multas de hasta 30.000 euros por alquilar infraviviendas. Desde la dirección general de Vivienda explican que el decreto de Habitabilidad aprobado por el Govern no permite considerar como vivienda habitual los pisos de menos de 26 metros cuadrados en el caso de inmuebles antiguos y de menos de 30 metros en los nuevos.
El director general de Vivienda, Eduardo Robsy, advierte de que este tipo de inmuebles no cuentan con cédula de habitabilidad y el inquilino se puede encontrar problemas a la hora de dar de alta determinados servicios. Afirma que las sanciones se contemplan tanto para quien publicita la infravivienda como para el propietario.
"Está prohibido publicitar o comercializar en régimen de alquiler espacios para destinarlos a habitáculo de personas sin que los mismos cumplan las condiciones de habitabilidad. Evidentemente si son inferiores a los 26 metros cuadrados seguro que no cumplen las condiciones de habitabilidad, siempre que se estén alquilando como vivienda y por lo tanto, podría ser objeto de sanción tanto quien lo alquila como quien lo publicita" subraya Robsy.
La Conselleria no está realizando en este momento batidas para localizar este tipo irregularidades y hasta el momento sólo se ha actuado a raíz de una denuncia. "Solamente hemos estado actuando cuando ha habido denuncia porque no tenemos recursos ociosos en este momento como para estar haciendo estos controles de forma sistemática. Se han hecho batidas de forma puntual y solamente se inició una actuación respecto a un caso de un contenedor situado en una parcela que se alquilaba como vivienda sin cumplir nada" señala el director general.