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El TSJCLM rechaza el recurso presentado por hosteleros de Alcázar frente a la Aplicación Ocio Seguro

El trámite judicial sigue su curso para que en unos meses habiendo oído a las partes: ASECEM y Junta de Comunidades

Dos personas en la terraza de un bar / ÁLEX ZEA - EUROPA PRESS - ARCHIVO (Europa Press)

Dos personas en la terraza de un bar

Alcázar de San Juan

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha rechazado las medidas cautelarísimas urgentes al recurso que la Asociación de Empresarios Centro Mancha (ASECEM) de Alcázar de San Juan presentaba contra la medida que el Gobierno Regional ha impuesto a todos los locales de hostelería sobre la obligación de la App “Ocio responsable” a partir del 12 de marzo.

El Tribunal ha dictaminado que no se va a adoptar la medida urgente de no poner en marcha el Código QR porque no hay circunstancia de urgencia. Ahora la Consejería tiene un plazo de 10 días para aportar sus alegaciones, es decir, en 10 días tendrá que poner en valor sus argumentos para defender la puesta en marcha de este mecanismo de registro en los locales de la hostelería.

El motivo que les ha llevado a hacer obligatorio el registro de los clientes es que en los bares y restaurantes son en el único lugar donde se permite no usar la mascarilla de forma legal, tal y como explicaba en la SER, Ana Isabel Fernández, directora de turismo del gobierno regional.

De esta forma, argumentaba que con esta aplicación se facilitan las labores de rastreo ante un posible contagio. "En todas las actividades y sectores es obligatorio el uso de la mascarilla, por lo tanto, ya hay una discriminación", argumentaba.

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Respuesta del Gobierno Regional ante la resolución del TSJCLM sobre el recurso presentado por ASECEM

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Precisamente, desde ASECEM señalan que han puesto este recurso por una discriminación doble. Por un lado, alegan que discrimina al sector porque es el único al que se les está obligando a hacer un registro de todos los clientes. Por otro lado, señalan que discrimina a los usuarios porque no todos los clientes tienen un teléfono móvil con el que puedan registrarse con el código QR. Aunque el registro puede hacerse con otros medios donde no hay tecnología de por medio. 

Dicen que les hubiera gustado que aceptaran las medidas cautelarísimas urgentes, como explicaba el presidente de la asociación, Mariano Díaz-Miguel, "queríamos que se considerara de forma urgente".

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Respuesta de ASECEM ante la resolución del TSJCLM sobre el recurso sobre la "App Ocio Responsable"

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El trámite judicial sigue su curso para que en unos meses, habiendo oído a las partes: ASECEM y Junta de Comunidades, el TSJ podrá declarar si existe realmente o no la vulneración de algún derecho fundamental tal y como reclamaba la asociación.

 

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