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Jódar | Acogimiento Familiar

'Solo quiero un hogar', Campaña de promoción del Acogimiento Familiar

171 menores en Jaén, 3.500 en Andalucía a la espera de ser acogidos por familias

Hablamos con el presidente de la Asociación para la promoción del acogimiento familiar en Jaén

Cartel anunciador de la campaña / APRAF-A

Cartel anunciador de la campaña

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‘Solo quiero un hogar’, este es el lema de la Campaña de Difusión sobre el acogimiento familiar de Menores que la Asociación APRAF-A está realizando en la Provincia de Jaén desde mediados de diciembre de 2020, en coordinación con otras tres provincias: Málaga, Granada y Huelva. Tras un mes de campaña, 15 son las familias que se han interesado por ser acogedores, personas dispuestas a abrir las puertas de su casa para que un niño o una niña tengan hogar.

Entrevista al presidente de APRAF-A, Juan Antonio García

16:12

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Hablamos con el presidente de la Asociación para la promoción del acogimiento familiar en Jaén (APRAF- A), Juan Antonio García, en nuestro tiempo de Hoy por Hoy local, y nos explicaba que todas las familias pueden ser acogedoras y el bien que hace niños/as, al ser acogidos, además de la labor que vienen desarrollando desde la asociación a lo largo de 20 años.

Según publican en nota de prensa, “…Durante los próximos meses seguiremos volcando esfuerzos para que el número de familias acogedoras aumente y muchos de esos 171 menores, en la provincia, 3.500 en Andalucía, que esperan una familia puedan disfrutar de unos adultos que se desvivan por ellos, les den cariño y les ofrezcan el calor de un hogar…”.

Otro de los carteles de la campaña

Otro de los carteles de la campaña / APRAF-A

Otro de los carteles de la campaña

Otro de los carteles de la campaña / APRAF-A

APRAF-A es la entidad que gestiona el concierto social 'Servicio de Apoyo al Acogimiento Familiar de Menores en Jaén', de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales de la Junta de Andalucía, que tiene como finalidad principal la promoción del Acogimiento Familiar para aquellos menores declarados en desamparo que, ante las situaciones de maltrato vividas, necesitan de un entorno familiar donde se vele por cubrir sus necesidades físicas y emocionales. En definitiva, que pueda crecer de una forma estable y feliz.

Si eres de Jaén y estáis interesados en acoger podéis contactar con ellos a través de la página web: www.soloquierounhogar.com

O a través del teléfono 953087685, www.apraf.com y en Facebook, Instagram y twitter.

Necesitan y reclaman el apoyo y respaldo de todos.

Una niña en brazos de una madre de acogida

Una niña en brazos de una madre de acogida / APRAF-A

Una niña en brazos de una madre de acogida

Una niña en brazos de una madre de acogida / APRAF-A

APRAF- A Asociación para la Promoción del Acogimiento Familiar en Andalucía, publica en su página web:

Un poco de historia

En el año 2005, un grupo de profesionales con experiencia en la atención a la infancia y la adolescencia nos embarcamos en el proyecto de APRAF-A con la aspiración de mejorar la protección a la infancia a través de la promoción del Acogimiento Familiar.

Al año siguiente, 2006, la entidad fue habilitada por la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social como ICIF (Institución Colaboradora de Integración Familiar), e iniciamos nuestra actividad en la provincia de Jaén, teniendo el compromiso de encontrar familias que pudieran ofrecer su hogar a aquellos menores que por diversas circunstancias no pueden vivir con su familia biológica.

Institución Colaboradora de Integración Familiar

Desde septiembre de 2006, como ICIF, gestionamos el Servicio de Apoyo al Acogimiento Familiar de Menores de Jaén, concierto social, de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de la Junta de Andalucía. Nuestro trabajo lo llevamos a cabo en todo el territorio de la provincia de Jaén, acercando el acogimiento a cada localidad.

Funciones

Somos los encargados de realizar las funciones fundamentales propias de las distintas fases de las que consta todo el proceso de Acogimiento Familiar. Como son:

Equipo Técnico

  • · Somos un grupo de profesionales, con amplia experiencia en el ámbito de familia y protección de menores, formando un equipo multidisciplinar en el que contamos con profesionales de la Psicología, el Trabajo Social y la Educación Social.
  • · Desde el año 2005 que se puso en marcha la Asociación, todos los técnicos que han formado parte han mostrado su entusiasmo y fuerza para que el Acogimiento Familiar de menores ocupe el espacio que precisa en la provincia de Jaén.
  • · El equipo de profesionales que forman parte de APRAF-A son titulados en psicología, trabajo social y educadores, con amplia formación en intervención con menores en protección, revinculación y apego, así como expertos en psicoterapia con niños y adolescentes.
  • · Difusión y captación de futuras familias acogedoras.
  • · Información y formación a las familias solicitantes.
  • · Valoración de idoneidad de las familias acogedoras.
  • · Preparación del menor para el Acogimiento Familiar selección de la familia y acoplamiento.
  • · Seguimiento y apoyo durante el acogimiento familiar.

El Acogimiento Familiar les ofrece la posibilidad de desarrollarse en una familia, y mantener la vinculación con sus padres y hermanos.

Acogimiento Familiar Temporal

Tiene un carácter transitorio, se realiza cuando, existiendo una situación de crisis en la familia del menor, de cualquier edad, se prevea su reinserción a corto plazo en la misma, o bien, transitoriamente, mientras se acuerde una medida de carácter más estable para el pequeño. Puede tener una duración máxima de 2 años.

Acogimiento Familiar Permanente

Está destinado para aquellos menores en los que ya se ha visto que no hay previsión de reinserción adecuada del pequeño en su familia biológica, y las específicas circunstancias de su situación aconsejen su integración estable y duradera en otra familia, sin creación de vínculos de filiación entre ellos hasta la mayoría de edad.

Acogimiento Familiar de Urgencia

Tiene carácter temporal también, pero está dirigido para niños menores de 7 años, sobre los que hay que intervenir de forma inmediata, a fin de evitar su ingreso en centros de protección y proteger al niño o la niña situándolos en un contexto seguro. La duración máxima de este tipo de acogimiento es de 6 meses, estando remunerado en todos los casos. La familia debe tener disponibilidad plena para su atención.

Acogimiento Familiar Especializado

Puede ser tanto temporal como permanente, lo que le caracteriza es que la familia tiene que tener una cualificación y experiencia específica en función de las necesidades especiales que presente el menor. Para este acogimiento dada su especificidad se percibe una compensación económica.

Con el Acogimiento Familiar se pretende ofrecer un entorno familiar seguro a los más pequeños. Cualquier tipo de familia puede ser familia acogedora, tanto biparental, como monoparental, homoparental, reconstituida, así como con hijos o sin hijos.

Las familias que desean acoger realizan una labor solidaria con la infancia, ofreciendo su hogar y ayudando al niño a restablecerse del daño que haya sufrido (bien por abandono, emocional, físico, etc.).

La Familia Acogedora deberá integrar al menor en su familia como un miembro más de pleno derecho, así como:

  • · Velar por el bienestar y el interés superior del menor, tenerlo en su compañía, alimentarlo, educarlo y procurarle una formación integral en un entorno afectivo.
  • · Oír al menor siempre antes de tomar decisiones que le afecten.
  • · Asegurar la plena participación del menor en la vida de familia.
  • · Informar a la Entidad Pública de cualquier hecho de trascendencia en relación con el menor.
  • · Respectar y facilitar las relaciones con la familia de origen del menor.
  • · Colaborar activamente en el seguimiento de la medida, observando las indicaciones y orientaciones que ofrezcan los técnicos.
  • · Existencia de motivaciones adecuadas y compartidas para el acogimiento familiar.
  • · Capacidad afectiva.
  • · Ausencia de enfermedades y/o discapacidades físicas o psíquicas que por sus características o evolución perjudiquen o puedan perjudicar el desarrollo integral de un/a menor.
  • · Estabilidad familiar y madurez emocional de los solicitantes, así como en su caso, la aceptación del acogimiento familiar por parte del resto de las personas que convivan con ellos.
  • · Capacidad de aceptación de la historia personal de un/a menor y de sus necesidades especiales, en su caso.
  • · Habilidades personales para abordar las situaciones nuevas que se puedan producir como consecuencia de la relación con el/la menor.
  • Respetar la confidencialidad de los datos relativos a los antecedentes personales y familiares del menor.
  • Comunicar cualquier cambio en la situación familiar relativo a los datos y circunstancias que se tomaron en consideración como base para el acogimiento.
  • Garantizar el derecho a la intimidad y a la identidad de los menores acogidos, el respeto a su propia imagen, así como velar por el cumplimiento de sus derechos fundamentales.
  • Participar en las acciones formativas que se propongan.
  • Colaborar en el tránsito del Acogimiento Familiar a reintegración a su entorno de origen o la medida estable que se establezca tras el fin del acogimiento.
  • Apoyo social que puedan recibir por parte de la familia extensa u otros.
  • Actitud positiva y flexible para la educación de un/a menor, y disponibilidad de tiempo para su cuidado y ocio.
  • Actitud positiva y disponibilidad para el seguimiento y orientación en el proceso de integración del menor o la menor y la familia.
  • Condiciones adecuadas de habitabilidad de la vivienda e infraestructura del hábitat.
  • Nivel de integración social de la familia.
  • Capacidad de aceptación de las diferencias étnicas, culturales y sociales de los/as menores.

 

¿Qué pasos seguir?

Si estás pensado en ser Familia Acogedora estos son los pasos a seguir, teniendo en cuenta que es un trabajo en equipo en el que APRAF-A realiza siempre un acompañamiento en la toma de decisiones.

1.- Sesión Informativa

En ella la familia recibirá información sobre los aspectos básicos del Acogimiento Familiar, retos, tipos, procedimiento, etc., así como disponer de un espacio para resolver aquellas dudas que presente la familia.

2.- Presentación de solicitud

Una vez que la unidad familiar ha decidido solicitar el Acogimiento Familiar, debe entregar la siguiente solicitud:

3.- Formación

En esta etapa los solicitantes reciben formación grupal sobre el Acogimiento Familiar de forma más específica y global. Se trata de varias sesiones dadas por técnicos de APRAF-A en las que se exponen:

  • · Motivación en el Acogimiento Familiar.
  • · Acoplamiento y la adaptación al Acogimiento Familiar.
  • · Creación del vínculo afectivo.
  • · Separación y finalización del Acogimiento Familiar.
  • · Menores con Necesidades Especiales.

4.- Valoración de Idoneidad

En esta fase un equipo formado por Trabajador/a Social y Psicólogo/a realizará a la familia varias entrevistas y una visita domiciliaria donde se explorará la viabilidad de llevar a cabo por parte de una familia el Acogimiento Familiar de uno o varios menores, así como el tipo de acogimiento y el perfil del menor a acoger.

En estas entrevistas se verán aspectos tales como: motivación y expectativas hacia el acogimiento, capacidad afectiva, historia familiar y personal de los solicitantes, recursos materiales, apoyos con los que cuentan, etc. Con estas entrevistas se pretende conocer a la unidad familiar y sus potencialidades hacia el Acogimiento Familiar.

De estas entrevistas se elabora un Informe Psicosocial, que se pone a disposición de los solicitantes para que puedan verlo y alegar aquello que consideren oportuno, en el que se realiza propuesta de Idoneidad / No Idoneidad a la Comisión de Medidas de Protección de la Junta de Andalucía que es el órgano responsable de emitir la resolución.

5.- Registro de solicitantes

Una vez que la familia ha recibido su Resolución de Idoneidad para el Acogimiento Familiar por parte de la Delegación Territorial correspondiente, queda en el registro de familias solicitantes a la espera que haya la necesidad del acogimiento de un menor del perfil que se ha marcada anteriormente.

 
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