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ESTADO DE ALARMA

La Junta de Castilla y León amplía el confinamiento perimetral hasta el 23 de noviembre

El presidente autonómico, Alfonso Fernández Mañueco, informa a los ministros de Sanidad, de Interior y de Exteriores y a las Comunidades Autónomas límitrofes de limitar las entradas y salidas para "contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2"

Control de vehículos en el inicio del confinamiento perimetral en la provincia de Segovia(Teresa Saez Gómez (Europa Press))

Control de vehículos en el inicio del confinamiento perimetral en la provincia de Segovia

Segovia

El presidente de la Junta de Castilla y León, Alfonso Fernández Mañueco, ha remitido una carta a los ministros de Sanidad, de Interior y de Exteriores, Salvador Illa, Fernando Grande-Marlaska y Arancha González Laya respectivamente, para informarles de la decisión de prorrogar el confinamiento perimetral de Castilla y León durante 14 días. La limitación de la entrada y salida a la Comunidad, que decaía a las 14:00 de mañana, se prolongará así hasta las 23:59 del 23 de noviembre. En la misiva, Alfonso Fernández Mañueco explica que, conforme al Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, que declara el estado de alarma, como autoridad competente delegada dará continuidad a esta medida “para contener la propagación de las infecciones causadas por el SARS-CoV-2”.

Igualmente, el líder autonómico ha comunicado la decisión a los presidentes de Madrid y Castilla La Mancha, Isabel Díaz Ayuso y Emiliano García Page, respectivamente, así como a otras comunidades limítrofes y al portavoz del Grupo Parlamentario Socialista en las Cortes de Castilla y León, Luis Tudanca.

La Junta de Castilla y León prorrogará la medida recogida en el Acuerdo 10/2020, de 28 de octubre, que restringe la entrada y salida de personas del territorio autonómico. Tal y como ocurre desde las 14:00 horas del pasado 30 de octubre, solo estará permitido cruzar los límites de la Comunidad en casos justificados como la asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios; centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil; cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables; cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales o legales; retorno al lugar de residencia habitual; desplazamiento a entidades financieras o de seguros; realización de actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales; renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables; exámenes o pruebas oficiales inaplazables o cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada. Además, la circulación por carretera y viales que transcurran o atraviesen Castilla y León estará permitida siempre y cuando tengan origen y destino fuera de la Comunidad.

 
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