Convalidado el decreto de sanciones por incumplir medidas contra COVID-19
El Decreto Ley ha sido apoyado por PSN, Geroa Bai, Podemos-Ahal Dugu e I-E, mientras que Navarra Suma lo ha rechazado y EH Bildu se ha abstenido
Pamplona
El Parlamento navarro ha convalidado el Decreto Ley Foral que establece el régimen sancionador por incumplir las medidas de prevención para afrontar la crisis sanitaria ocasionada por COVID-19, un instrumento "útil para atajar comportamientos irresponsables" y que permite la "coordinación" de los cuerpos policiales.
Así lo ha defendido el vicepresidente del Gobierno foral, Javier Remirez, quien en el pleno del Legislativo ha enmarcado la norma en el "dinamismo, la rigurosidad y la responsabilidad de su Gobierno" para preservar la salud pública de la ciudadanía en la "batalla colectiva contra un adversario común"
El Decreto Ley ha sido apoyado por PSN, Geroa Bai, Podemos-Ahal Dugu e I-E, mientras que Navarra Suma lo ha rechazado y EH Bildu se ha abstenido.
El nuevo régimen sancionador, dada la dispersión del existente, pretende clarificar y pormenorizar las infracciones en la materia para, en aras a una mayor seguridad jurídica y sin perjuicio de lo dispuesto en el régimen general, facilitar un mejor conocimiento de aquellas conductas u omisiones que resultan punibles desde un punto de vista administrativo.
A esos efectos, se catalogan las actuaciones punibles en tres categorías, leves, graves o muy graves según el alcance de los incumplimientos o quebrantamiento de las medidas, protocolos o planes de seguridad, higiene prevención o emergencia.
Así, se alerta sobre el uso inadecuado de la mascarilla, el mantenimiento de la distancia de seguridad, también en lo referido a actividades públicas y establecimientos abiertos al público (interior y exterior), la omisión de cuarentenas, preventivas o no, la elusión de órdenes de confinamiento general o la inobservancia de cuantas medidas provisionales se adopten.
Las infracciones leves serán sancionadas con entre 100 y 3.000 euros y prescribirán al año; las faltas graves acarrearán multa de entre 3.001 y 60.000 euros, y las muy graves, entre 60.001 y 600.000 euros, y caducarán a los dos y cinco años, respectivamente.