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Auto salomónico del TSJEX sobre Marina Isla de Valdecañas

Permite mantener las construcciones ya finalizadas y derribar aquellas en proceso de construcción

Marina Isla de Valdecañas / Google

Marina Isla de Valdecañas

Plasencia

El proceso judicial de Marina Isla de Valdecañas lleva en los juzgados desde 2007 y tras 13 años de litigio ya hay un auto de ejecución sobre las sentencia del Tribunal Supremo y es un auto salomónico. Un auto que será el final del camino si ninguna de las partes interpone antes de 5 días un recurso de reposición.

Auto salomónico porque por un lado se dictamina “la conservación de lo construido y terminado por no afectar al medio ambiente” y sin embargo sí que dicta “la demolición de todas las obras que se encuentran en fase de estructura” así como se “prohíbe la realización de nuevas edificaciones en la urbanización”. Se conserva el hotel, viviendas, campo de golf e instalaciones que actualmente están construidas y en funcionamiento.

Una demolición que debe ser programada “con el menor perjuicio para el medio ambiente” y que regenere “el bosque mediterráneo” y “suponga un claro beneficio para la flora y la fauna de la ZEPA”.

Además el auto obliga a la Junta de Extremadura a que apruebe un plan o programa para proteger y vigilar el medioambiente en consonancia con las organizaciones ecologistas, las comunidades de propietarios en un plazo máximo de de seis meses “para la eliminación y minimización de la posible afectación al medioambiente que se pueda producir por la actividad humana” de la zona

Este programa deberá contener “de manera individualizada la medida, el coste, las personas responsables de su ejecución, pago y mantenimiento y el calendario para su realización”. Un plan que deberá ejecutar y costear la administración regional.

Por otro lado, el TSJEX obliga a la Junta y los ayuntamientos de El Gordo y Berrocalejo a poner “en el plazo máximo de tres meses” en funcionamiento las depuradoras de aguas residuales.

Indemnización a las asociaciones

El auto establece una indemnización de 250.000 euros para Ecologistas en Acción y otros 250.000 euros para Adenex por la “declaración de imposibilidad material parcial”. Unos fondos que la mitad será “destinada a fines medioambientales en la Comunidad Autónoma de Extremadura” y la otra mitad de libre disposición de las asociaciones.

El abono de dicha indemnización corresponde a la Junta de Extremadura que fue la Administración que aprobó el PIR y dio lugar a los sucesivos avatares procedimentales, legislativos y jurisdiccionales.

Fundamentos

Entre las razones que esgrime el tribunal para este auto se encuentra que la “Sala valora esencialmente que no se produce afección al medioambiente por el mantenimiento de las edificaciones que están terminadas”. También por el “impacto socio-económico positivo” que la urbanización produce en los municipios cercanos, siendo lo construido, una “mínima parte del proyecto” con sólo 1 de los 2 hoteles proyectados construido y funcionando y con 185 villas frente a las 565 residencias que se pensaban construir en Marina Isla de Valdecañas, lo que supone 32,74% de las proyectadas.

Otro de los fundamentos es el gran “perjuicio económico” que supondría la demolición de todo lo edificado que podría suponer casi 145 millones de euros para las arcas de la Junta de Extremadura.

Por un lado el tribunal cuantifica en casi 34 millones de euros la demolición de todo lo edificado y en 111 millones de euros la indemnización a los propietarios.

 
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