Iglesias y lugares de culto aumentan hasta el 75% su aforo en la nueva normalidad
La diócesis ha elaborado un protocolo para la nueva fase después de la finalización del estado de alarma.La limitación de edad recomendada para acudir a los templos queda suprimida. La dispensa del precepto dominical sigue vigente. El uso de mascarillas y el distanciamiento social continúan siendo obligatorios
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Celebración de la misa en la parroquia de Santo Tomás / RADIO SEGOVIA
![Celebración de la misa en la parroquia de Santo Tomás](https://cadenaser.com/resizer/v2/GHSCPLAX55PZ5KA66F3VDNTSJE.jpg?auth=d5f497dba4285f3ad0d62e48e4f28b342691a0e5eafdea2363aceb1fe07cdcdc)
Segovia
Con la finalización de la vigencia del estado de alarma decretado desde el pasado mes de marzo, el obispado ha elaborado un protocolo para la nueva normalidad que se aplica desde el domingo, 21 de junio, de esta manera todas las iglesias de la Diócesis entrarán en la llamada “nueva normalidad” con dos premisas a seguir: el uso de mascarilla seguirá siendo obligatorio, al igual que la distancia social de, al menos, un metro y medio.
Ahora bien, el fin de los efectos del estado de alarma no supone, ni la finalización del nivel de pandemia internacional declarado por la Organización Mundial de la Salud, ni la finalización de la crisis sanitaria.
La Junta de Castilla y León, en su condición de autoridad sanitaria, ha adoptado mediante acuerdo, las medidas de prevención necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria, una vez que se produce el levantamiento de las medidas derivadas del estado de alarma. De esta manera quedará garantizado que se eviten riesgos de propagación y la prevención del riesgo de contagio.
En cuanto a la celebración de la Eucaristía en las iglesias de nuestra Diócesis, el uso de mascarilla seguirá siendo obligatorio, así como la utilización de gel desinfectante. El rito de la paz continúa suprimido y se recomienda recibir la comunión en la mano. Una de las novedades es que podrá retomarse la colecta durante el ofertorio, aunque podrá mantenerse un lugar fijo para que los fieles depositen su generosidad a la salida del templo. Igualmente, se prestará especial atención a la distancia de seguridad en los desplazamientos y el banco, evitando formar aglomeraciones a la entrada y salida del templo.
Durante el desarrollo de las reuniones o celebraciones se deberá evitar el contacto personal, así como tocar o besar objetos de devoción u otros objetos que habitualmente se manejen. Desde este momento, la limitación de edad recomendada durante las primeras fases del desconfinamiento queda suprimida, por lo que todos los fieles podrán acudir a sus parroquias. No obstante, aquellos que presenten síntomas compatibles con la Covid-19, así como quienes hayan mantenido contacto estrecho con alguien contagiado o deban guardar aislamiento domiciliario, seguirán sin poder acceder a las iglesias. Cabe recordar que la dispensa del precepto dominical seguirá vigente para todos aquellos fieles que no puedan participar de la Eucaristía presencial.
La asistencia a lugares de culto no podrá superar el 75% de su aforo. Asimismo, el aforo máximo deberá publicarse en lugar visible del espacio destinado al culto. La utilización del exterior de los edificios o de la vía pública para la celebración de actos de culto deberá ser aprobada por la autoridad municipal correspondiente, y deberán establecerse las medidas necesarias para procurar mantener la distancia de seguridad interpersonal o, en su defecto, la utilización de medidas alternativas de protección física con uso de mascarilla.
Entierros, ceremonias nupciales y otras celebraciones
Los velatorios podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas. Se establece un aforo máximo del 75% en estos establecimientos. Además, deberán establecerse las medidas necesarias para mantener la distancia de seguridad interpersonal en las instalaciones y, en caso de no poder garantizar esta distancia, se utilizará mascarilla. La participación en la comitiva para el enterramiento de la persona fallecida se restringe a un máximo de 75 personas, entre familiares y allegados, además de, en su caso, la persona que oficie el acto de despedida del difunto. En el caso que ceremonias nupciales u otro tipo de celebraciones se lleven a cabo en lugares de culto, deberán aplicarse las reglas de aforo y las medidas de higiene y prevención anteriormente referidas y, en todo caso, un máximo de 250 personas en espacios al aire libre o de 150 personas en espacios cerrados.