El Ayuntamiento de Córdoba no podrá usar el superávit para el Covid-19 según un informe de intervención
El alcalde de Córdoba, José María Bellido ya pidió al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, que se flexibilizaran las condiciones del decreto que regula el uso del superávit para atender las necesidades de los vecinos por la crisis del coronavirus
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El alcalde de Córdoba, José MarÍa Bellido en el salón de plenos del Ayuntamiento de Córdoba en una imagen de archivo / Rafa Mellado (AYUNTAMIENTO DE CÓRDOBA)
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Córdoba
Un informe de la interventora municipal considera que el Ayuntamiento de Córdoba, no podría utilizar su superávit para atender a las necesidades del Covid-19, porque ha incumplido la regla de gasto en el ejercicio de 2019 y porque no se cumple el plazo medio de pago a proveedores, dos condiciones que establece el decreto que regula el uso excepcional de los fondos de los ayuntamientos con destino a la atención por la pandemia.
El documento, al que ha tenido acceso Radio Córdoba, no es vinculante pero sí expresa la imposibilidad técnica del Ayuntamiento de acogerse a estas medidas por no haber cumplido esos parámetros.
Ese informe que firma la interventora, Paloma Pardo, recuerda que sigue vigente la norma de usar el superávit para reducir el endeudamiento neto de los ayuntamientos y que solo de forma excepcional, el superávit de 2020 podrá usarse parcialmente, hasta un máximo de un 20%, y destinado a las actuaciones de los ayuntamientos para paliar las consecuencias del Covid-19.
Y dentro de esa excepcionalidad incluye por ejemplo:
El refuerzo de los servicios de ayuda a domicilio, la compensación de comedores, o rehabilitación por cierre de los centros de día de mayores.
El refuerzo de los servicios de teleasistencia, el refuerzo de la atención a personas sin hogar, o el refuerzo a las plantillas de centros de servicios sociales y residencias.
Ampliar las partidas para asegurar que las necesidades básicas de las familias están cubiertas y otras medidas de atención a la población que requieran del apoyo de los ayuntamientos.
Ahora bien, para que los ayuntamientos puedan disponer excepcionalmente del superávit, tienen que cumplir una serie de condiciones que en el caso de Córdoba no se cumplen como , que no se supere el plazo medio de pago a proveedores y que la corporación no incurra en déficit nacional en el ejercicio 2020.
Además para la aplicación de ese superávit, debería aprobarse previamente una modificación del presupuesto de 2020, mediante un crédito extraordinario, financiado con el remanente líquido de tesorería y redactarse un plan económico.
No hay tampoco elaborado un Plan Económico para cumplir durante este ejercicio con esos objetivos, un documento que debería haberse redactado en un plazo de un mes desde que se constatara el incumplimento. Un informe que aún no está y para el que el consistorio estaría ya fuera de plazo.