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Se puede rechazar un piso protegido por otro más barato sin perder la RGI

La mujer presentó una queja al Ararteko en la que explicaba que el Organismo VVMM de Bilbao le adjudicó un piso de alquiler protegido de 52 metros cuadrados con una renta de 335 euros mensuales, más el coste de las altas en los diferentes suministros y los gastos de comunidad, pero que ella era arrendataria de una vivienda del mercado privado desde hace más de 20 años por 300 euros

Pisos en venta / EUROPA PRESS - Archivo (EUROPA PRESS)

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Bilbao

El Ararteko ha defendido el derecho a rechazar una vivienda de alquiler protegido por parte de alguien que reside en un piso libre más barato, sin que se le retire la RGI y su inscripción en el registro de solicitantes de vivienda.

Así se desprende de una resolución del Defensor del Pueblo vasco difundida este viernes, en la que esta institución critica la decisión del Organismo Autónomo Local de Viviendas Municipales (VVMM) de Bilbao de dar de baja en el censo de demandantes de vivienda a una mujer por rechazar un piso de alquiler protegido, a la que además se le retiró la RGI y la PCV (Prestación Complementaria de Vivienda).

La mujer presentó una queja al Ararteko en la que explicaba que el Organismo VVMM de Bilbao le adjudicó un piso de alquiler protegido de 52 metros cuadrados con una renta de 335 euros mensuales, más el coste de las altas en los diferentes suministros y los gastos de comunidad, pero que ella era arrendataria de una vivienda del mercado privado desde hace más de 20 años por 300 euros.

También relató su difícil situación económica, con una menor a su cargo, un trabajo a media jornada y que completaba sus ingresos con la RGI y la PCV.

Al rechazar el piso protegido la Delegación Territorial de Vivienda de Bizkaia eliminó a esta mujer del Registro de Solicitantes de Vivienda Protegida "Etxebide" de forma automática.

En su resolución, el Ararteko rechaza los argumentos dados por el presidente de VVMM de Bilbao y señala que "el hecho de que la renta fijada para la vivienda de protección pública resulte superior a la abonada en una vivienda del mercado libre no responde a criterios subjetivos" de "conveniencia o comodidad" del inmueble, como argumentó este organismo.

Para el Defensor del Pueblo vasco existe una "causa objetiva" en el rechazo a la vivienda protegida, como es el precio más barato de la renta mensual.

En cuanto al cobro de las ayudas sociales, el Ararteko recuerda que Lanbide establece que "el rechazo de una vivienda de protección oficial de alquiler por parte de una persona beneficiaria de RGI supone la extinción de la PCV (por falta de requisitos) y de la RGI en todos los casos (por no hacer valer derechos)".

No obstante, Lanbide ya reconoció que dicho rechazo no hará extinguir la RGI cuando la vivienda de alquiler libre sea más barata que la de Etxebide.

El Ararteko agradece la intervención que tuvo en este caso el Departamento de Vivienda, que finalmente aceptó mantener a esta mujer en el registro de solicitantes de vivienda y posteriormente volvió a cobrar la RGI.

Reprueba, por el contrario la actuación del Organismo Autónomo Local de Viviendas Municipales (VVMM) de Bilbao porque "debió atender las circunstancias específicas" de esta mujer y le conmina a que en próximas ocasiones "analice debidamente, y caso por caso, las causas concretas que impiden aceptar las viviendas de protección pública propuestas".

 
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