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El exalcalde de Cubillos del Sil, absuelto de promover una cantera ilegal en El Bayo

El Magistrado no considera acreditado que promoviera la instalación de una cantera ilegal para la extracción de áridos en parcelas de la fase tres del polígono industrial del Bayo, ni que conociendo de esta actividad, la ampara o consintiera falsificando documentos oficiales, ni que cobrara por ello o se beneficiara a título personal o profesional

José Luis RAmón durante el juicio / Radiobierzo

José Luis RAmón durante el juicio

Ponferrada

El Magistrado del Juzgado de lo Penal de Ponferrada absuelve al exalcalde de Cubillos del Sil, el socialista José Luis Ramón, de las acusaciones de prevaricación y falsedad documental realizadas por la exconcejala del PP, Montserrat Martín, y el actual concejal de Ciudadanos, Tomás Ramos. Ambos ejercieron la acusación particular desde la que pedían 6 años de prisión y 10 años de inhabilitación para cargo público y a la que se sumó el Ministerio Fiscal con una petición de 8 años y 6 meses de inhabilitación para cargo público.

Durante el juicio celebrado el pasado mes de febrero, la acusación particular contó con el testimonio del empresario Miguel Casero, quien señaló directamente a José Luis Ramón como "la persona con la que se reunió, con la que acordó realizar una extracción de áridos en el Polígono del Bayo y por la que pagó a un intermediario que después le hacía llegar el dinero a Ramón", una trama, según la acusación, "basada en los favores" que convirtió al Bayo, dijo el abogado, "en una cantera ilegal del alcalde para trasportar zahorra a numerosas obras, entre otras las que se realizaban en la Ciuden, las del Canal Alto del Bierzo y proyectos de Endesa".

Sin embargo, el juez no considera probado que en su condición de alcalde de la localidad de Cubillos del Sil, José Luis Ramón promoviera la instalación de una cantera ilegal para la extracción de áridos en parcelas de la fase tres del polígono industrial El Bayo, ni que conociendo de esta actividad la amparada o consintiera falsificando documentos oficiales, ni que cobrara por ello o se beneficiara a título personal o profesional a través de su empresa de asesoría y gestión.

El magistrado indica en su exposición que considera "más objetivas" las explicaciones y relevantes matizaciones ofrecidas por los responsables de la empresa pública Ade Parques Tecnológicos y Empresariales de Castilla y León y de la secretaria del ayuntamiento de Cubillos del Sil, además de la la abundante prueba documental que resulta, indica, "particularmente esclarecedora en este caso y permite reconstruir el escenario y la cronología de los hechos ocurridos  para poder valorar así en su contexto las acciones y decidisiones llevadas a cabo por el entonces alcalde", lo que le lleva a la conclusión de que existen "importantes dudas sobre la solvencia y realidad de las acusaciones". De hecho, en la resolución  expone que "no puede negarse un cierto ánimo partidista en este asunto" en las acusaciones inculpatorias de los querellantes.

En la misma línea, en el fallo se refleja que tampoco considera conveniente tener en cuenta la versión dada por el empresario Miguel Casero que durante todo el procedimiento modificó  sus manifestaciones "cambiando varias veces su versión a su propia conveniencia" teniendo en cuenta, además, su animadversión hacia Ramón al que "acusa de ser el culpable de la ruina de su empresa".

Por último, aunque el juez no descarta que alguna empresa o particulares hubiesen aprovechado la existencia de los tajos abiertos para extraer áridos en el polígono industrial aprovechándose para apropiarse de arenas sin autorizacion "no se ha justificado prueba cierta de que el acusada aprobara tales acciones o las alentara" y limita los efectos de las autorizaciones verbales dadas por el exalcalde a las dos empresas que ejecutaron dos proyectos municipales y que trasladaron áridos desde las parcelas propiedad del consistorio hasta los trabajos que realizaban en un camino y en el pabellón municipal.



 
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