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Tribunales

El juzgado desestima la demanda de una promotora inmobiliaria contra el Ayuntamiento de Zamora

La empresa, que pretendía levantar una urbanización de chalets sobre una vía pecuaria de utilidad pública, reclamaba una indemnización de casi un millón de euros al consistorio de la capital

Edificio de la Casa de las Panaderas / Ayuntamiento de Zamora

Edificio de la Casa de las Panaderas

El juzgado de lo Contencioso de Zamora emitía el pasado 22 de abril una sentencia en la que rechazaba la reclamación de una promotora inmobiliaria que pretendía edificar una urbanización sobre el denominado “Cordel Sanabrés” una vía pecuaria de utilidad pública situada en la Carretera de Alcañices y propiedad de la Junta de Castilla y León.

La promotora comenzaba en el año 2005 los trámites para levantar en esta zona de la capital 20 chalets. Tramitación que fue avanzando hasta que el año 2010 el Ayuntamiento de Zamora indicaba a la empresa que esa urbanización estaba ocupando este terreno propiedad de la Junta, instando a la promotora y a la Administración autonómica a utilizar la vía civil para solucionar el conflicto.

Sin embargo, la empresa la optó por interponer una querella criminal contra el entonces concejal de Urbanismo, Feliciano Fernández, en vez de buscar el acuerdo en la vía civil, querella que acabó siendo archivada.

Los promotores, que adquirieron los terrenos en el año 2005 antes de la decisión del deslinde de la vía pecuaria que se hace en 2006 por los técnicos de la Junta, no recurrieron lo recogido en el Plan de Urbanismo de 2011 para dirimir la propiedad con la Junta de los terrenos, asegurando la sentencia que el camino de la querella penal no era el camino adecuado.

El Juzgado emitía 2 sentencias; una el pasado mes de marzo en la que rechaza las pretensiones urbanísticas de la promotora al insistir en sus planos poner varios de los chalets encima de la vía pecuaria y otra en congruencia con ésta con fecha de 22 de abril en la que rechaza la pretensión de responsabilidad patrimonial a su favor de 928.521€ que según ellos debía pagar el Ayuntamiento.

La sentencia es recurrible ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

 
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