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Confirman la pena de cárcel por traficar en un garaje alquilado de Getafe

A un año y medio de prisión condena el Tribunal Supremo a un hombre por vender droga en un local del municipio

La vigilancia policial del garaje en Getafe fue determinante para condenar al traficante / EUROPA PRESS - Archivo

La vigilancia policial del garaje en Getafe fue determinante para condenar al traficante

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El Tribunal Supremo ha confirmado una sentencia anterior de la Audiencia Provincial de Madrid que condena a un año y medio de prisión a un hombre por traficar con droga en un garaje alquilado en Getafe, en el barrio de Juan de la Cierva. Por tanto rechaza el recurso interpuesto por la defensa. De hecho la sentencia ratifica que ha sido suficiente el testimonio de los agentes de Policía Nacional que vigilaron el local para “destruir la presunción de inocencia”, tal y como relata Europa Press.

Al condenado le requisaron 150 gramos de cannabis y 27 de marihuana, pero lo determinante fue la actuación de los agentes que le vigilaron durante varios días y dieron fe de la actividad que venía realizando en el local arrendado, lo cual hacía llegar a la conclusión de que “se dedicaba a la venta de esas sustancias”.

En el garaje además se intervino una bolsita con un peso de 245 gramos de cocaína con un riqueza del 23,5% y en cuya composición se encontró un 2,9% de MDMA o éxtasis, aunque la prueba practicada “no permite inferir” al tribunal que “dicha sustancia también estuviera destinada a la venta a terceras personas, ni siquiera que fuera del acusado, pues bien pudo ocurrir que cualquiera de las personas que se encontraban en el local, ante la llegada de la Policía, se deshicieran de ella”.

En el auto judicial primero, del tribunal regional, se señala que, ya que el acusado carece de antecedentes penales, “procede a imponerle la pena prevista para el delito por el que va a ser condenado en su mitad inferior, es decir, de uno a dos años menos un día de prisión”. Finalmente, la pena impuesta ha sido de un año y seis meses, “teniendo en cuenta la reiteración en los actos de venta, así como la cantidad total de sustancias estupefacientes que le fue intervenida”

 
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