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La Fiscalía recurre el auto del 'caso del grafitero' por la concurrencia de un delito de daños

Entiende que los más de 100 grafitis que dibujó por toda la ciudad fue más que un mero deslucimiento o arte urbano como sostenía el juzgado

Uno de los grafitis detectados en la ciudad / Policia Nacional

Uno de los grafitis detectados en la ciudad

Ciudad Real

La fiscalía de Ciudad Real recurre el caso del grafitero ante la audiencia provincial del Ciudad Real. Un auto del juzgado de instrucción número 4 lo archivó argumentando que era un simple acto de deslucimiento y que incluso podría compararse con el llamado "arte urbano". Así respondió el juzgado a un primer recurso de reforma del ministerio público que fue desestimado hace una semana.

La cuestión está en si fue algo más que un deslucimiento y el fiscal entiende que sí que se produjeron daños en los inmuebles. Para remarcar la diferencia entre "deslucir" y dañar" recurre al diccionario; deslucir, significa quitar la gracia, atractivo o lustre mientras que el verbo dañar conlleva la destrucción de la cosa o pérdida del valor.

Basándose en las sentencias más recientes de otras Audiencias Provinciales, la jurisprudencia, relata el fiscal, se decanta por el criterio de estimar ese delito de daños siempre y cuando la pericial confirme la necesidad de labores de limpieza más allá de un decapante.

En este caso, considera que para restablecer los bienes muebles a su estado original fue necesario realizar tareas distintas de una mera limpieza. Tesis que defiende en base al reportaje fotográfico aportado por el atestado, donde señala que en algunos casos no es posible la reposición con una simple limpieza sino que la superficie afectada requiere de un nuevo pintado.

Acogiéndose a la doctrina en hechos similares, entiende por tanto que hay concurrencia del delito de daños. Con estos argumentos la fiscalía solicita la ampliación del atestado mediante informe policial, para que se detalle individualmente cada pintada, informando si bastó la mera limpieza o que se elabore un dictamen pericial a los efectos. En definitiva solicita que se revoque este auto.

Recordemos que el juzgado defendía la tesis que el autor de los hechos pretendía solo llamar la atención y que no existía el dolo genérico de dañar, llegando a comparar estos dibujos con los realizados por Banksy, considerado un referente mundial en este arte. Auto que invitaba a dirimir responsabilidades en el ámbito civil y no en el derecho penal, recordando que el derecho penal se rige por unos principios esenciales, de legalidad y mínima intervención.

El joven grafitero llegó a realizar pintadas en más de 150 edificios en fachadas de comunidades y edificios oficiales como el Ayuntamiento de Ciudad Real o la Diputación, causando daños que se han valorado en más de 7000 euros.

Carmen del Campo

Carmen del Campo

Jefa de Contenidos del Grupo de emisoras en la provincia de Ciudad Real. Licenciada en "Periodismo"...

 
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