La Audiencia anula las medidas cautelares a los imputados de La Loma retirados de la acusación
El tribunal deja sin efecto la prestación de fianza y embargos subsidiarios acordados en el auto de apertura de juicio oral
Castro Urdiales
La Audiencia Provincial de Cantabria ha dejado sin efecto todas las medidas cautelares relativas a los imputados en el juicio por el desarrollo urbanístico de La Loma de Castro Urdiales a los que la Fiscalía retiró su acusación. En un auto fechado el pasado 12 de diciembre, la Sección Tercera de la Audiencia atiende la petición de tres de estos acusados y hace extensiva la decisión al resto de los que se encuentran en la misma situación.
La Fiscalía retiró el pasado mes de octubre su acusación contra 39 de los 45 imputados en este caso y la mantuvo parcialmente contra los exalcaldes Rufino Díaz Helguera y Fernando Muguruza; el exarquitecto municipal, Pedro Restegui; la exingeniera del Consistorio, Yolanda Sánchez; el arquitecto Valentín Galdós, y el exsecretario, César Saiz, retirando también buena parte de la acusación contra los seis.
Tres de los imputados solicitaron que quedaran sin efecto las medidas cautelares personales y reales acordadas en el auto de apertura de juicio oral de mayo de 2015, relativas a prestación de fianza y embargos subsidiarios, petición que la Audiencia atiende y hace extensiva al resto.
Por otro lado, el auto atiende la petición de la abogada de la Junta Vecinal de Santullán, Yolanda Merino, que solicitó autorización para proceder contra el exconcejal Salvador Hierro por un presunto delito de calumnias y/o injurias, a la vista de las manifestaciones que efectuó durante su declaración como acusado en el juicio.
En concreto, la letrada considera que Hierro realizó afirmaciones que vulneran su derecho a su honor profesional y personal, tratándola de mafiosa e imputándole propuestas urbanísticas al margen de la legalidad y debidas a intereses personales y familiares.
La Sala autoriza dicha petición sin entrar en si las manifestaciones de Hierro son o no constitutivas de alguno de los delitos que menciona la letrada, decisión que corresponde adoptar en otros foros, dice.
Por último, el auto se pronuncia sobre el escrito de la Junta de Santullán interesando la aclaración y complemento de una diligencia relacionada con la audición de una grabación y visionado de un vídeo, y considera que no hace falta aclararla ni complementarla, pues ya en un auto del pasado noviembre se acordaba que tanto la audición como el visionado se efectuarían al finalizar las pruebas personales.