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Euroorden contra la mujer que se llevó a su hija a Polonia sin permiso del padre

El auto recuerda además que la orden de detención pretende "asegurar" la presencia de la fugitiva en la vista que en su momento pueda tener lugar en San Sebastián por estos hechos

Una ciudadana polaca se llevó en 2014 a su país a su hija sin el consentimiento del padre / Getty

Una ciudadana polaca se llevó en 2014 a su país a su hija sin el consentimiento del padre

San Sebastián

Un juzgado donostiarra ha emitido una orden europea de detención de una ciudadana polaca que en 2014 se llevó a su país a su hija sin el consentimiento del padre, un vecino de San Sebastián que desde entonces mantiene un intrincado proceso judicial para recuperar a la niña, quien por entonces tenía 3 años.

El auto que emite la euroorden, al que ha tenido acceso EFE, explica que la mujer podría ser responsable de un delito de sustracción de menor, así como de un delito continuado de desobediencia a la autoridad, ya que, según fuentes del caso, la madre de la niña ya ha ignorado en tres ocasiones sendas órdenes judiciales para que restituyera a la pequeña, que este mismo mes cumplirá 9 años.

El documento judicial aclara que la mujer podría enfrentarse a distintas penas que podrían sumar cuatro años de prisión, pues existirían "motivos bastantes" para considerarla "responsable criminalmente" de estos hechos.

El auto recuerda además que la orden de detención pretende "asegurar" la presencia de la fugitiva en la vista que en su momento pueda tener lugar en San Sebastián por estos hechos.

La presunta actuación delictiva de la mujer se remonta al año 2014, cuando, en el proceso de separación de la pareja, pidió regular el marco de las relaciones paternofiliales para reclamar el disfrute de la vivienda familiar, la guardia y custodia, y una pensión alimenticia para la pequeña, además de un régimen de comunicación y estancias con el padre.

Aunque la comparecencia en la que debía dilucidarse este asunto iba a celebrarse el 11 de septiembre de 2014, ante la sospecha de que la mujer pudiera marcharse a Polonia con la niña, el padre reclamó ya en junio la adopción de una serie de "medidas cautelares urgentes" que evitaran la fuga.

No obstante, la solicitud le fue denegada al entender la jueza del caso que sus temores resultaban "incoherentes e incongruentes" con la actitud de la madre quien, hasta ese momento, "se había sometido" a las decisiones judiciales y además estaba pendiente del procedimiento, "precisamente instado por ella", sobre el régimen de atención a la pequeña.

A pesar de ello, la magistrada advirtió a la madre, en una providencia, de que "no podía trasladar a la menor fuera de su domicilio habitual, y menos al extranjero, sin consentimiento del padre", y de que si lo hacía podría incurrir en "un delito muy grave de sustracción de menores". La mujer sostuvo entonces que los temores y sospechas del padre "carecían de fundamento".

Un mes más tarde, en julio de 2014, el progenitor recurrió la decisión de la jueza, si bien, para entonces, la mujer ya estaba en Polonia con la pequeña "sin su consentimiento".

El juzgado dictó entonces una providencia instando a la fugitiva a retornar en quince días, a lo que ésta respondió que "simplemente se había ido de vacaciones" aunque, llegado el 11 de septiembre en que debía celebrarse la vista sobre el régimen de relaciones paternofiliales, no acudió a la cita y comunicó, mediante su letrada, que renunciaba a estas medidas y que aún seguía en Polonia con la pequeña.

Ante esta situación, el progenitor solicitó unas "medidas cautelares urgentes" para garantizar el retorno de su hija a España, que finalmente fueron acordadas por un Juzgado de Primera Instancia en septiembre de 2014, que suspendió de forma provisional la patria potestad de la madre, concedió al hombre su guardia y custodia y ordenó la devolución de la niña "en el plazo máximo de quince días".

En este duro auto, al que ha tenido acceso EFE, la jueza criticó la "actitud de deslealtad procesal" de la mujer "simulando someterse a las decisiones judiciales" con el "propósito espurio" de "ganar tiempo" para "sustraer" a la menor e "impidiendo el trato con el padre", quien estaba "confiado en que la controversia estaba en manos judiciales".

Una forma de actuar que, según el auto, también llevó a la jueza, "confiada en la buena fe y lealtad" de la madre, a rechazar las peticiones del padre para que se evitara la salida de la niña de nuestro país y que, "vistas a posteriori", han resultado "legítimas" y "fundadas en serios temores que, por desgracia, se han visto confirmados".

En este documento, la magistrada destacó además la "relevancia" de que la niña estuviera matriculada en un centro educativo de San Sebastián, al tiempo que incidió en el riesgo "evidente" en el que se encuentra: "Privada ilegalmente de la compañía de su padre, en un país alejado de su domicilio habitual, desconociéndose su situación, relaciones familiares y los medios económicos con los que cuenta para su alimentación y educación".

Ahora, cinco años más tarde y tras un agotador recorrido por los tribunales, el padre ha conseguido la emisión de una orden europea de detención y entrega con la que finalmente confía recuperar a su hija, a la que no ha visto personalmente en estos últimos cinco años.

 
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