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La Junta Electoral de Zona no sancionará a De la Rosa pero Lacalle recurre

La autoridad electoral pide al alcalde que se abstenga de celebrar actos públicos que puedan vulnerar la neutralidad política en el presente periodo electoral

Burgos

La Junta Electoral de Zona de Burgos entiende que la presencia del alcalde de la ciudad, Daniel de la Rosa, en la nueva oficina de Gestión de Tributos Municipales (BAC) en el barrio de Gamonal el pasado 14 de octubre, no vulnera la prohibición del artículo 50 de la Ley Electoral General (LOREG) que justifique la apertura de un procedimiento sancionador al tratarse de una actuación de ámbito local que entra en sus competencias municipales. No obstante, continúa el acta de la JEZ, en aras de garantizar el principio de neutralidad política de los poderes públicos, se le requiere para que se abstenga de llevar a cabo cualquier acto público que contenga alusiones a realizaciones o logros obtenidos, así como cualquier inauguración de obras o servicios públicos o proyectos de éstos, durante el presente periodo electoral a los comicios generales del 10 de noviembre.

Uno de los cuatro vocales de la Junta Electoral de Zona ha formulado un voto particular en contra del acuerdo, entendiendo que se trata de un acto prohibido por la ley. El Partido Popular, como denunciante, anuncia que recurrirá la decisión ante la Junta Electoral Provincial. Argumenta que la Junta Electoral de Zona no entiende, a priori, que sea una inauguración a pesar de haberlo reconocido el propio Alcalde y, por este motivo, el PP recurrirá esta parte de la resolución a la Junta Electoral Provincial entendiendo que claramente ha habido infracción del artículo 50 de la Ley Electoral. El PSOE, por su parte, destaca que De la Rosa actuó dentro de la legalidad.

 
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