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La defensa de uno de los exfutbolistas de la Arandina acusados por agresión sexual alega que no existió delito

Así lo afirman en el escrito de calificación presentado ante la Audiencia Provincial los letrados de C.C.S, para el que las acusaciones solicitan entre 39 y 44 años de prisión

Letrados de la defensa de C.C.S. entrando en los juzgados de Aranda durante la instrucción del proceso / Cadena SER

Letrados de la defensa de C.C.S. entrando en los juzgados de Aranda durante la instrucción del proceso

Aranda de Duero

“Los hechos no son constitutivos de delito”. Así de escuetamente se posiciona la defensa del primero de los exfutbolistas de la Arandina acusados de agresión sexual a una menor al que la Audiencia Provincial de Burgos ha solicitado el escrito de calificación para fijar su posición en este proceso.

Sin entrar en los detalles con los que argumentan su posición los letrados de C.C.S. simplemente indican su disconformidad con las conclusiones de las acusaciones en cuanto a los hechos que reflejan, añadiendo a continuación que “no son constitutivos de delito.” Fijada esta tesis, todas sus demás conclusiones provisionales son correlativas: al no existir delito, no existen ni autor ni cooperador, ni concurren circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal y por lo tanto no procede imponer ninguna pena ni fijar una responsabilidad civil.

Tras conocerse durante los últimos meses los escritos de calificación de las acusaciones en este proceso comienza el turno de las defensas. Como ya ocurrió durante la instrucción, la versión de la primera de ellas en fijar su postura a requerimiento de la sala de lo penal de la Audiencia Provincial, es completamente opuesta a la de las acusaciones. Y al contrario que éstas, que fueron profusas en la descripción de los hechos en sus escritos de calificación, la defensa de CCS resume su posición en un lacónico “disconformes con las conclusiones correlativas de las acusaciones.” Una disconformidad que se aprecia especialmente cuando expresan que no procede imponer ninguna pena a su defendido, frente a los 39 años de cárcel que pide para él la Fiscalía, que marcó la pauta siguiendo los criterios del Tribunal Supremo en el "Caso de la Manada" o los 44 que solicita la acusación particular, pasando por los 43 y ocho meses de la acusación popular ejercida por la asociación Clara Campoamor.

Entre los medios de prueba que propone la defensa de este joven incluye algunos documentos que no figuran en el sumario de la instrucción: entre ellos dos informes periciales de parte, el de una psicóloga clínica y el de un neuropsicólogo, así como varias capturas de redes sociales en las que se alude a la edad de la denunciante.

En este trámite intermedio en el que se encuentra el proceso judicial por la agresión sexual denunciada por una menor de 15 años en diciembre de 2017 en Aranda quedan aún por conocerse las posturas de la defensa de los otros dos acusados, VR y RC antes de que el ponente de la sala que los enjuiciará decida qué medios de prueba propuestos por cada parte admite durante el transcurso del juicio oral y señale la fecha de su celebración

 
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