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Anulan una multa por drogas al Ayuntamiento de Novelda porque el análisis lo hizo un laboratorio privado

El magistrado impone las costas al ayuntamiento noveldense en un fallo definitivo y firme, y contra el cual solo cabe un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Policía Local en un control preventivo / Cadena SER

Policía Local en un control preventivo

Elda

Un juzgado de Alicante ha anulado una multa de 1.000 euros impuesta por el Ayuntamiento de Novelda a un conductor que dio positivo en drogas porque el análisis de saliva lo hizo un laboratorio privado.

Según ha informado hoy el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), el juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Alicante ha estimado el recurso del conductor y ha anulado la sanción por la "absoluta falta de garantías procesales" en la cadena de custodia que supone externalizar el servicio de análisis de estas muestras biológicas.

Según recoge la resolución, la potestad sancionadora correspondiente a la Administración es "indelegable" y "mucho menos a favor de un tercero o de un particular privado".

En este sentido, el magistrado ha argumentado que la cadena de custodia se rompe "en el momento en que la muestra sale del ámbito público".

Por tanto, el análisis en un laboratorio privado de las muestras tomadas al conductor "carece absolutamente de la presunción de legalidad y certeza que tendría si se hubiera hecho por un laboratorio oficial dependiente de la Administración Pública", por lo que ha de anularse todo el expediente sancionador.

El conductor fue multado hace dos años con 1.000 euros y la retirada de seis puntos del carné de conducir después de someterse a un control policial en el que se detectó la presencia de drogas en su organismo.

El sancionado recurrió la multa en la vía administrativa en agosto de 2017, pero ese recurso fue desestimado por el Ayuntamiento de Novelda en noviembre del mismo año.

Con posterioridad, el conductor presentó una demanda contra la actuación municipal que ahora ha resuelto a su favor.

El magistrado impone las costas al ayuntamiento noveldense en un fallo definitivo y firme, y contra el cual solo cabe un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

 

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