Alberto Cañedo se plantea revisión de condena en el Supremo
Recogia en los juzgados una nueva ejecutoria de sentencia y la conmutación de pena por
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Estanislao Martín (Izq) y Alberto Cañedo (dcha) / Cadena SER
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Plasencia
El ex alcalde de Carcaboso, Alberto Cañedo, ha acudido a los juzgados placentinos, acompañado de su abogado Estanislao Martín a confirmar la aceptación de la conmutación de parte de su condena de prisión por trabajos en beneficio de la comunidad. A las puertas de los juzgados ha confirmado a los periodistas que se está preparando la revisión de su condena por el Tribunal Supremo por “justicia”.
Según Cañedo “no estaré satisfecho hasta que se haga Justicia, con mayúsculas” y esa justicia se realizará “cuando se revisen las condenas, ya que es ilógico que se me condene a pagar una urbanización que tenían que pagar los promotores de la urbanización, casualmente algunos de los denunciantes, concejales del PSOE en Carcaboso”.
Estanislao Martín ha destacado que “la revisión de la condena” ya que “probablemente, tengamos la posibilidad de acudir (al Supremo) para pedir la revisión de la condena” aunque de momento los motivos de esa decisión “no los podemos decir”.
Además, Alberto Cañedo ha recogido también esta mañana la última resolución de condena por la que se establece una pena de 9 meses de prisión al no poder hacer frente a la multa de 30 euros diarios durante 18 meses “una multa exagerada” según el abogado defensor, pero como “no se ha podido pagar se pone la pena sustitutoria de 9 meses de prisión”.
Ante esta situación se vuelve a plantear “la solicitud de indulto”, así como la presentación de “recurso” y la petición “la sustitución condicionada en trabajos en beneficio de la comunidad” que sería de en torno “a 7 meses” según Estanislao Martín.
Por otro lado, el último Consejo de Ministros denegó las dos peticiones presentadas por la defensa de Cañedo de indultos contra ejecutorias de condena del año 2014 y la 30/2017. Pero sobre esta última se impusieron 255 días de trabajo en beneficio de la comunidad y ante la solicitud de la defensa es “otorgar la suspensión (de la condena) por el cumplimiento de 170 días de trabajo en beneficio de la comunidad” sin la oposición de la fiscalía y con la oposición de la acusación particular.
Aunque se ha aceptado esta suspensión se “ha presentado un recurso” porque “nos parecen muchos, es el máximo que permite la ley para la suspensión condicionada” ha destacado Martín.
Alberto Cañedo ha sido condenado en tres ocasiones por su acción como alcalde de Carcaboso, la primera de ellas por no responder en tiempo y forma a los concejales de la oposición, la segunda por otorgar licencias de primera ocupación a una urbanización de viviendas sin cumplir los requisitos para ello, y la tercera por mantenerse en el puesto de alcalde cuando ya pesaba una sentencia de inhabilitación contra él por los casos anteriores.
La defensa de Alberto Cañedo ha sostenido siempre que, aunque se reconoce tardanza en la respuesta a los concejales de la oposición, se realizó, aunque fuera de plazo. Por otro lado, sobre el otorgar licencias de ocupación se hizo en beneficio de los vecinos del pueblo, ya que pendía sobre la urbanización un posible embargo sobre las mismas por la situación económica de la constructora y que se hizo en defensa de los vecinos. Mientras que la última de las condenas se produce ante los recursos presentados a las condenas anteriores.