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El Barça en la juez: la denuncia del Levante llega tarde y el espíritu de la norma permite jugar

En cuanto al fondo, el Barça apela al espíritu de la norma e interpreta que un jugador sancionado sí puede jugar en una competición diferente

Chumi durante el partido de Copa del Rey frente al Levante(FC Barcelona)

Chumi durante el partido de Copa del Rey frente al Levante

Barcelona

El escrito del Barça en la juez de Competición, Carmen Pérez, al que ha tenido acceso SER Cataluña, empieza remarcando que el artículo 26 del Código Disciplinario establece un plazo para presentar denuncias en cuanto a alineaciones indebidas que el Levante no ha respetado por lo que la clasificación está "convalidada".

También rechaza el recurso presentado por el Levante porque se basa en una sentencia de la Audiencia Nacional que tiene que ver con el baloncesto.

Y dice el Barça que, a diferencia del código del baloncesto, el del fútbol "establece claramente la regulación jurídica en casos de alineaciones indebidas".

El fondo de la cuestión

¿Y qué dice el Barça en cuanto al controvertido artículo 56.1 que regula la imposibilidad de jugar partidos en una misma competición con sanciones pendientes?

Que el espíritu de la norma, que el criterio general es "que una sanción se ha de cumplir en la misma competición" y que por tanto, con carácter general, "un jugador sancionado en una competición si podrá jugar en otra competición diferente".

Ciertamente parece que el artículo 56.3 (si vienes del B no puedes jugar a ninguna parte hasta que no cumplas la sanción en tu categoría) colisiona con el espíritu de lo previsto el 56.1, y en esta colisión dice el Barça que impera el espíritu de la norma.

Es decir que el 56.3, dice el Barça, no afecta y puedes jugar en una competición diferente.

Y que la sanción te afecta en una misma categoría o superior de la misma competición.

El Barça dice que el espíritu de la norma en las sanciones leves está protegido por los principios generales del derecho, atendiendo "al espíritu y finalidad de la norma".

El espíritu era impedir que el sancionado jugara en la misma competición en otra categoría, inferior o superior.

Si no se interpreta así, dice el Barça, se incurre en desigualdad y vulneración de la Constitución: ¿un jugador sancionado de la primera plantilla puede jugar la Copa y un jugador del B no la puede jugar?

Y aunque una segunda cosa dice el Barça: en la práctica ¿al jugador Chumi sancionado se le exige que se pierda el partido de Copa y además el partido de liga por tanto DOS partidos fuera cuando la amonestación es un partido? "

Pide la inadmisión de la denuncia.

 
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