El exmarido y asesino de Benita Núñez recurre su condena
Su abogado alega que durante el juicio se vulneró la presunción de inocencia y no se tuvieran en cuenta algunas pruebas. Fiscalía y acusaciones se oponen a esta pretensión
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Momento de la lectura del veredicto en el juicio con jurado popular por el asesinato de Benita Núñez / Cadena SER
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Burgos
El letrado defensor de J.T.V.M., condenado por el asesinato de su ex mujer Benita Núñez el 17 de julio de 2016, a la que acuchilló varias veces en su domicilio de Aranda de Duero, ha pedido su absolución del delito de allanamiento de morada por vulneración de la presunción de inocencia, en una vista oral celebrada este martes en el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ante quien presentó recurso de apelación. El hombre fue condenado por la Audiencia provincial, en un juicio con jurado popular, a 25 años y medio de cárcel por un delito de asesinato, con las agravantes de parentesco y razón de género, y otro de allanamiento de morada.
El abogado defensor considera que en el veredicto del jurado no se tuvieron en cuenta varias pruebas de descargo, sobre todo relacionadas con conversaciones telefónicas y por redes sociales de los dos hijos de la fallecida y el acusado. Sin embargo, tanto el letrado como las acusaciones particulares y populares han coincidido en señalar que en el recurso de apelación no se pueden revisar los hechos que se han dado por probados en la Audiencia provincial, tanto en el veredicto como en la sentencia, sino posibles irregularidades o contradicciones en ambas resoluciones.
El letrado defensor también ha pedido la nulidad del acto del jurado por argumentar en su veredicto que todas las partes reconocían la existencia de una discusión previa entre víctima y presunto asesino cuando solo Fiscalía, Defensa y una de las acusaciones hablaron de esa posible discusión.
Por su parte, el fiscal y las acusaciones han rechazado ese motivo de alegación porque solo se puede recurrir por contradicciones en el propio contenido del veredicto o la sentencia, no por diferentes criterios. Como alternativa, el letrado de J.T.V.M. ha planteado que se sustituya la condena de asesinato por una por homicidio, por entender que la mujer se pudo defender o huir y, por tanto, no hubo alevosía.
El fiscal y las acusaciones han recordado que en el veredicto se aprobó por unanimidad que el hombre atacó repentinamente a la mujer con un cuchillo y que ella no tuvo ninguna posibilidad real de defensa, por lo que intentó detener la agresión con las manos, donde tenía heridas defensivas.
En cuanto a la posibilidad de considerar una atenuante de consumo de ansiolíticos y alcohol momentos antes de acuchillar a la mujer, que ha argumentado la defensa, Fiscalía y acusaciones han recordado que la propia defensa tendría que haberlo probado en la vista oral y no se puede aplicar un atenuante solo en base a una receta médica y la declaración del condenado, sin ningún testigo de que realmente consumiera la medicación con alcohol y con varios testigos que aseguran que, tras el asesinato, el hombre parecía sereno y frío.