Condena firme para el propietario del Balneario de Almeida de Sayago
El Tribunal Supremo rechaza el recurso de casación interpuesto por Antonio Acha a la condena de 8 años de prisión dictada por la Audiencia Provincial de Zamora
![](https://cadenaser.com/resizer/v2/4N7EIEQSLBOWPPQUW32UTDFWPM.jpg?auth=44531105d8c245c643acc1c1fa7010ce7675553a85273d4078281a9690926936&quality=70&width=650&height=487&smart=true)
Momento del juicio contra Antonio Acha celebrado en la Audiencia Provincial en noviembre de 2017 / CADENA SER
![Momento del juicio contra Antonio Acha celebrado en la Audiencia Provincial en noviembre de 2017](https://cadenaser.com/resizer/v2/4N7EIEQSLBOWPPQUW32UTDFWPM.jpg?auth=44531105d8c245c643acc1c1fa7010ce7675553a85273d4078281a9690926936)
Condena firme: El Tribunal Supremo, al rechazar la admisión del recurso de casación, confirma la sentencia de la Audiencia Provincial de Zamora que condenó al propietario y gerente del balneario de Almeida de Sayago, Antonio Acha, a 8 años de prisión (4 por cada uno de los dos delitos de abusos sexuales que se le imputaron). Así lo ha informado la asociación de ayuda a víctimas de agresiones sexuales y violencia doméstica, ADAVAS, que se personó como acusación particular en la causa.
Más información
La sentencia de la Audiencia Provincial, en enero de este año, consideró probado que las dos víctimas que denunciaron los hechos, acudieron desde Canarias hasta el Balneario de Almeida a un curso de "renacimiento", dentro de la escuela de verano del balneario.
El fallo también estimo probado que el gerente del establecimiento, y ahora condenado Antonio Acha, no les dio ninguna información sobre el contenido del masaje y que de la información del catálogo no se podía deducir que el llamado “Masaje de la diosa” implicara que el masajista pudiera realizar masajes en los órganos genitales de las personas que contrataban tal masaje. Y mucho menos que “conllevara la introducción de los dedos o el pene del masajista en la vagina de las clientas”, pues no venía definido como masaje sexual.
La sentencia estableció, igualmente, que las víctimas trataron de oponer resistencia, sin conseguirlo. A partir de ahí y aún cuando la sentencia rebajó sensiblemente las penas solicitadas por la fiscalía y las acusaciones, condenó al propietario del Balneario de Almeida a 4 años de prisión por cada uno de los dos delitos de abusos sexuales. Además, recordamos que también deberá indemnizar con 3.000€ a cada una de sus víctimas y no podrá acercarse a ellas durante 6 años, ni ejercer la profesión de masajista.