La conductora que provocó el atropello mortal podría eludir la prisión
Si la condena no supera los dos años, el juez puede dejar en suspenso la pena
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Muchos expertos consideran, una tibia respuesta ante accidentes de esta gravedad. / EFE
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Santa Cruz de Tenerife
El fallecimiento de uno de los dos menores atropellados cuando se dirigían al colegio en García Escámez ha causado una profunda indignación en la sociedad tinerfeña, máxime cuando ha trascendido que la presunta autora del accidente cumplirá no más de cuatro años de prisión y eso, en el mejor de los casos. Este hecho ha puesto de manifiesto lo que, muchos expertos consideran, una tibia respuesta ante accidentes de esta gravedad. En este sentido, como en todos los procedimientos penales, la condena está sujeto a la interpretación de la Ley, por lo que si en el caso de la presunta autora de los hechos de García Escámez, recibiera una condena de dos años, el juez podría dejar la pena en suspenso siempre que no tuviera antecedentes penales.
En el caso de los menores de García Escámez, la conductora se encuentra en libertad con cargos acusada de los delitos de lesiones y conducción temeraria, además de homicidio imprudente. A pesar de los que se pueda pensar, el articulado que rige los delitos relacionados con la seguridad vial ha mejorado. Antes de 2015, la mayor parte de los homicidios imprudentes relacionados con el consumo de drogas o alcohol y que terminaban en muerte o lesiones graves solían acabar en un juicio de faltas. Con el progresivo endurecimiento de las penas, ahora se establecen de entre una a cuatro años de prisión.
"Los delitos contra la seguridad vial establecen una regla concursal, de forma que si se conduce bajo influencias de sustancias tóxicas o bebidas alcohólicas y se produce un resultado lesivo o muerte, el código establece que el juez sólo apreciará el delito más grave por lo que tendrá que optar entre el homicidio imprudente o la conducción por influencia de bebidas alcohólicas y, en este caso, como se produce una muerte sería el delito de homicidio estableciéndose la subida de la mitad de la pena superior quedando entre seis meses y un día a cuatro años de prisión", explica Fátima Flores Mendoza profesora titular de Derecho Penal del Departamento de Disciplina Jurídica Básica de la Universidad de La Laguna.
Así las cosas, la legislación española queda muy lejos de la de otros países de la UE como Francia en donde una ley de Tráfico aprobada en 2003 endureció las penas para los responsables de siniestros mortales, incluyendo muchas circunstancias como agravantes de manera que el conductor responsable de la muerte o de heridos graves puede hoy llegar a sufrir una pena de hasta 10 años de cárcel.