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Delitos

Dos años de cárcel por un delito de estafa y falsificación de documentos en Tarancón

La Audiencia Provincial de Cuenca ha confirmado la pena de dos años de cárcel a una mujer que presentó un contrato laboral falso para la adquisición de un vehículo en un concesionario taranconero

Nunca devolvió el crédito solicitado para la financiación del vehículo / GETTY IMAGES

Nunca devolvió el crédito solicitado para la financiación del vehículo

Tarancón

Una mujer ha sido condenada a dos años de cárcel por falsificar un contrato de trabajo para la adquisición de un vehículo en Tarancón. La Audiencia Provincial de Cuenca ha desestimado el recurso presentado por la acusada contra una sentencia de 2014 del Juzgado de lo Penal número 1 de Cuenca que consideraba a esta mujer es culpable de un delito de estafa y falsedad documental, según el documento al que ha tenido acceso Radio Tarancón. 

Fallo al que ha tenido acceso Radio Tarancón

Fallo al que ha tenido acceso Radio Tarancón / Cadena SER

Fallo al que ha tenido acceso Radio Tarancón

Fallo al que ha tenido acceso Radio Tarancón / Cadena SER

Los hechos se remontan a 2008, cuando la acusada utilizó dos documentos falsos, una nómina y un contrato laboral de la empresa Calzedonia, para la compra de un vehículo, un Opel Corsa valorado en 16.600 euros, en un concesionario de Tarancón. Para su financiación, la mujer recurrió a la empresa Santander Consumer donde contrajo un crédito de 22.943, 52 euros, incluidos los intereses. Sin embargo, la acusada no devolvió el crédito ni los intereses, y este contrato bancario fue transferido posteriormente a otras dos personas.

Según la Audiencia Provincial, la acusada "actuó con el fin de obtener un beneficio patrimonial" . En el fallo de septiembre de 2016, se desestima el recurso que puso la acusada contra la primera sentencia, y la Audiencia Provincial declarada a la acusada culpable por delitos de falsificación de documentos y estafa. La condena es de dos años de prisión, una multa de 600 euros así como a la indemnización al establecimiento financiero con el pago del importe del crédito y a las costas procesales.

Contra esta sentencia no cabe recurso.

 
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