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Obligan a Fomento a pagar las expropiaciones de la AP-7

La Demarcación de Carreteras del Estado ha sido condenada a pagar las expropiaciones de varios terrenos ocupados por la AP-7, en el tramo comprendido entre Cartagena y Vera, al haber entrado la concesionaria en concurso de acreedores

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Murcia

La Demarcación de Carreteras del Estado, dependiente del Ministerio de Fomento, ha sido condenada a pagar las expropiaciones de varios terrenos ocupados por la AP-7, en el tramo comprendido entre Cartagena (Murcia) y Vera (Almería), al haber entrado la concesionaria en concurso de acreedores.

Así se dispone en una sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJ), que condena al citado departamento a pagar los 127.750 euros reclamados por la propietaria de varias parcelas que le fueron expropiadas hace ahora doce años para la construcción de la citada autopista de peaje.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, indica que a la ora de acometer esta obra, la administración pudo llevarla a cabo directamente o a través de una concesión, por lo que al haber elegido esta última alternativa, debe asumir las consecuencias del concurso de acreedores, al ser la administración, en último término, la beneficiaria de la expropiación.

Y añade la Sala que "la declaración en concurso de acreedores del concesionario -Aucosta- no puede servir una vez ocupadas las parcelas y ejecutada la obra para dejar de abonar la correspondiente indemnización al propietario expropiado".

Indica también la sentencia de que pese al tiempo transcurrido desde la ocupación de sus terrenos, la reclamante no ha recibido las cantidades adeudadas, que fueron fijadas como justiprecio en una sentencia de 2012 dictada por esta misma Sala de lo Contencioso al estimar el recurso que planteó por la infravaloración de los mismos.

"Por tanto -concluye el TSJ-, se da un supuesto de responsabilidad patrimonial de la Administración, por cuanto si bien ésta es libre de elegir el sistema de ejecución de obras que en cada caso estime pertinente, no puede luego, so pretexto de la declaración concursal de la concesionaria, obviar lo preceptuado en la Constitución".

La sentencia alude así al derecho del expropiado a percibir el justiprecio correspondiente, recogido en la Carta Magna.

Fomento deberá abonar a la demandante la suma reclamada, a la que habrá que unir los intereses de demora correspondientes.

La Sala, además, condena a la Administración al pago de las costas generadas por este recurso.

 

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