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Arroyomolinos

Absuelto un profesor de Arroyomolinos que había sido condenado a seis años de cárcel por abusar de tres niñas

El Tribunal Supremo ha anulado la condena de la Audiencia Provincial

Tribunal Supremo / Cadena SER

Tribunal Supremo

Móstoles

Un profesor de un colegio de Arroyomolinos (Madrid), que fue condenado a seis años de cárcel por abusos sexuales sobre sus alumnas menores, ha sido absuelto por el Supremo, que ha tenido en cuenta que los testimonios de las niñas pudieron ser fruto "de la sugestión del entorno".

Para decidir la absolución el Supremo tiene en cuenta que los psicólogos que interrogaron a las niñas no creyeron sus acusaciones y no descartaron que fueran fruto de la sugestión del entorno, "que pudo desplegar una decisiva influencia en la narración de los hechos por las menores".

De este modo, el Supremo declara inocente a un profesor que fue condenado con la oposición del fiscal y solamente a impulso de la acusación particular, que aportó esos testimonios dudosos de las víctimas y una prueba indirecta ofrecida por los padres de los menores y los directivos del centro.

La Audiencia de Madrid no quiso escuchar a los dos psicólogos que interrogaron a las tres niñas que decían haber sido víctimas, quienes dictaminaron que sus acusaciones eran "probablemente increíbles".

El tribunal madrileño condenó en junio de 2015 al profesor, José Luis F., a seis años de prisión por un delito continuado de abusos sexuales a menores de 13 años.

Esa pena se vio acompañada por la medida de libertad vigilada durante cinco años más, todo ello como castigo a los hechos que se consideraron probados: tocó repetidas veces las nalgas de las niñas por debajo de la ropa entre 2011 y 2012.

Sin embargo, a juicio del Supremo esa condena se produjo con un "escaso bagaje probatorio", el cual había llevado al juez de instrucción a archivar inicialmente la causa y a dos fiscales a no querer formular acusación.

Es cierto, dice el alto tribunal, que una duda de los técnicos sobre el principal testimonio de cargo no debe neutralizarlo necesariamente.

Pero en este caso, añade, se trata de dos informes de dos expertos que se reunieron por separado con cada una de las niñas y en contra de cuya visión no hay más que las ya citadas pruebas indirectas de personas que conocen los hechos a través de las víctimas.

Cuestionada la verosimilitud del testimonio de las niñas y la insuficiencia de los testimonios indirectos de los padres y directivos del centro, el último apoyo de la condena era que el profesor reconoció haber tocado la barriga de las niñas cuando le dijeron que les dolía el estómago y haberles puesto la mano en la espalda. Así las cosas, el Supremo anula la condena.

 
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