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AEROPUERTO DE CIUDAD REAL

La Abogacía del Estado recomienda la nulidad del proceso

En un contundente informe señala que la Administración Concursal se excedió en sus facultades, modificó, de forma profunda, el Plan de Liquidación y no determinó de forma adecuada las condiciones de la subasta

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Ciudad Real

 Un informe de la Abogacía del Estado recomienda al juez que instruye la causa que decrete la nulidad de las actuaciones. Contundente informe en el que advierte que la subasta celebrada en el mes de julio, en la que el grupo Tzaneen International pujó por la infraestructura,- por diez mil euros- también es nula. El magistrado Carmelo Ordoñez recordemos declaró la suspesión del proceso de venta hasta determinar si la infraestructura se podía o no dividir y si contó con las autoridades legales pertinentes.

En primer lugar, señala claramente que la Administración concursal se excedió con mucho en sus facultades. Modificó, "de forma profunda", el plan de liquidación que establecía la explotación unitaria del aeropuerto, con lo que generó una clara indefensión tanto del concursado como de los acreeedores que no pudieron formular alegaciones.

Los concursales cambiaron completamente el plan; quisieron dividir estos terrenos como explotación aeronautica y explotación inmobiliaria, cuando se trataba de una explotación unitaria, tal y como recogía el plan de liquidación inicial. Desde ese momento, entiende la abogacía del estado, existe un defecto que recomienda esa nulidad de actuaciones.

Entiende que los Administradores concursales no determinaron de forma adecuada el objeto de la subasta, como es preceptivo en derecho privado. En ese nuevo plan de liquidación que los concursales modificaron señalaban que el aeropuerto no constituía una única finca registral, dentro de los límites se encuentran 57 parcelas de terreno, propiedad de Ciudad Real Aeropuertos, sin registrar, (en los términos de Ballesteros y Villar del Pozo), "que también se entenderán incluídas en el bien subastado".

Por lo que, la Abogacía reitera que esta indeterminación es difícilmente subsanable y causa indefensión tanto a los participantes, que no conocen con precisión el bien por el que pujan como al que finalmente resultase adjudicatario, porque adquirirían un bien "indeterminado", que le resultaría difícil inscribir en el registro de la propiedad.

Razones que esgrime para solicitar la suspensión de las actuaciones. Recordemos que hasta 8 empresas presentaron ofertas, que no han prosperado. Tan solo la presentada por el Grupo Orden 12 SL de Murcia, fue estimada como la más óptima.

Según las fuentes consultadas por la Cadena SER es previsible que en breve plazo, el juez Carmelo Ordoñez dicte una resolución en este sentido anulando el proceso.

Carmen del Campo

Carmen del Campo

Jefa de Contenidos del Grupo de emisoras en la provincia de Ciudad Real. Licenciada en "Periodismo"...

 
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