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ACCIDENTE DE METRO EN VALENCIA

La Audiencia ordena nuevos informes sobre la seguridad del metro accidentado

Vuelve a admitir un recurso de la Fiscalía contra la denegación de la solicitud de nuevos informes y ordena la práctica de nuevas periciales sobre el accidente de metro de julio de 2006

Valencia

La sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha vuelto a admitir un recurso de la Fiscalía contra la denegación de la solicitud de nuevos informes y ha ordenado la práctica de nuevas periciales relacionadas con informes de seguridad sobre el accidente de metro de julio de 2006.

Según consta en un auto remitido por la Asociación de Víctimas de este accidente, que costó la vida a 43 personas, la sala ha acordado por unanimidad dar trámite a las peticiones del Fiscal: un informe sobre si FGV cumplía las normas de seguridad antes del accidente, un dictamen de la Inspección de Trabajo sobre los hechos y un informe del Institut Valencià de Seguritat i Salut.

El Ministerio Fiscal sostiene que no se puede descartar la relevancia penal de otras conductas, distintas a la del maquinista del tren siniestrado, que requieren ser investigadas para el adecuado esclarecimiento de los hechos.

Criterio que es compartido por la Audiencia Provincial, que considera que no se puede esperar a que haya un accidente para tomar las medidas para prevenirlo, ni se puede exigir el mismo deber de previsión a todos los empleados de FGV.

"No se puede derivar toda la responsabilidad en materia de seguridad a los maquinistas, atribuyéndoles una responsabilidad ajena a su función en la empresa", señala el auto.

La sala vuelve a apuntar que el auto de sobreseimiento provisional dictado -antes de la reapertura de la causa- por la titular del juzgado de Instrucción número 21 de Valencia, Nieves Molina, "no produce cosa juzgada y no impide que se investiguen líneas de investigación que en su momento no llevaron a adoptar una decisión de fondo".

Asimismo, se señala que "no se puede descartar la relevancia penal de otras conductas, distintas a la del maquinista" y que "hay que dar la razón al Ministerio Fiscal, dado que de no existir indicios de otros posibles ilícitos penales, distintos a la conducción del maquinista, no se habría acordado la reapertura del procedimiento y la imputación de varios responsables de FGV".

También se considera "errónea" la posición de la instructora respecto a su tesis de que en la fecha de los hechos no era previsible un descarrilamiento por exceso de velocidad y que, en consecuencia no se pudieran tomar las medidas adecuadas.

"Ni se puede admitir que haya que esperar a que se produzca un accidente para tomar las medidas de prevención ni se puede exigir el mismo deber de previsión a todos los empleados de FGV. Es decir, el hecho de que los maquinistas no alertaran de un determinado riesgo no implica que, de forma automática, los responsables de la seguridad no debieran haberlo previsto", añade la sala.

También se recuerda en este auto que la simulación de la circulación del tren siniestrado realizada por el Departamento de Transportes de la ETSI de Caminos, Canales y Puertos de Valencia concluye que en el tramo donde descarriló el tren, ya a 60 km/h se producían "despegues de duración limitada en el primero bogie".

"Aunque no llega a producirse el descarrilamiento, el vehículo circula durante ciertos instantes con estas ruedas levantadas" y a 65 km/h "los despegues son continuos y en ningún momento la rueda vuelve a tomar contacto con el carril, lo que conduce al vuelco de la unidad".

Asimismo, se insiste en el hecho de que "la curva donde se produjo el accidente no disponía de sistemas electrónicos que produjeran el frenado automático del tren en caso de exceso de velocidad. No existía ninguna baliza que activara el sistema para que el convoy entrara en la curva a velocidad inferior a 40 km/h".

El listado de eventos de la unidad siniestrada contiene repetidos frenados de urgencia por exceso de velocidad, y revela que el tren circuló el día del accidente excediendo de forma habitual los límites de velocidad establecidos, a pesar de lo cual, "no consta que FGV empleara dispositivo o sistema alguno para detectar si se producían infracciones del reglamento de circulación por exceso de velocidad", añade el auto.

Por todo esto, la Audiencia Provincial se muestra favorable a ampliar la investigación y considera que "ciertas cuestiones técnicas que resultan de vital importancia en la investigación hacen necesaria la colaboración de expertos en materia de seguridad ferroviaria, por lo que debe estimarse el motivo del recurso, acordándose la pericial propuesta por el Ministerio Fiscal".

 
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