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SETAS DE LA ENCARNACIÓN

El TSJA reduce de 36 a 2,5 millones la indemnización del Ayuntamiento a Sacyr

El alto tribunal andaluz dice, en un fallo que no se puede recurrir, que no hay incumplimiento de las "obligaciones esenciales" del Ayuntamiento con la empresa que construyó y explota las Setas

Sevilla

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía rebaja de 36 a 2,5 millones de euros la indemnización que el Ayuntamiento de Sevilla debe pagar a la empresa Sacyr, por incumplimiento de algunas de las cláusulas del contrato suscrito con el consistorio para construir y explotar las Setas de la Encarnación. La sentencia es firme. El fallo no se puede recurrir.

El Tribunal afirma que no hay motivo para resolver y liquidar el contrato porque no hay incumplimiento de "las obligaciones esenciales".  Según explican los jueces la única causa de resolución del contrato que podría apreciarse sería la imposibilidad de explotación de la concesión, por acuerdos dictados por el Ayuntamiento. Pero concluyen que "no ha habido esa imposibilidad de explotación ni al considerar aisladamente los incumplimientos ni al considerarlos de forma conjunta".

Lo único que aprecia el Tribunal es el incumplimiento en algunos conceptos como el retraso en el pago de la certificación, el hecho de haber declarado gratuito el acceso de los sevillanos al mirador o el haber retrasado o no cobrado a los placeros el alquiler desde el inicio de la explotación.

La sentencia explica que tanto la gratuidad de la subida de los sevillanos al mirador, como el alquiler a los placeros fueron decisiones adoptadas en 2001 por el alcalde que Sacyr no impugnó.

"Al tiempo de solicitarse la resolución contractual los incumplimientos no eran causa de resolución ni aisladamente ni de forma conjunta, sin perjuicio del derecho de la actora a percibir lo que le es debido por esos incumplimientos".

 
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