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El juez del ‘caso De Miguel’ rechaza los recursos y defiende la investigación

Desestima las impugnaciones presentadas por 15 imputados que pedían anular el auto que según el instructor “es correcto y ajustado a derecho”

Alfredo de Miguel, en el centro, antes de comparecer en 2011 en la comisión de investigación del Parlamento vasco / PARLAMENTO VASCO

Alfredo de Miguel, en el centro, antes de comparecer en 2011 en la comisión de investigación del Parlamento vasco

Vitoria

El juzgado de Vitoria que instruye el llamado "caso De Miguel" sobre una presunta trama de cobro de comisiones ilegales liderada por exdirigentes y cargos del PNV en Álava ha desestimado los recursos de reforma presentados por 15 de los 26 imputados en este proceso. Según el auto dictado por el Juzgado de Instrucción número 4 de Vitoria, todos ellos tienen ahora un plazo de cinco días para presentar recursos de apelación ante la Audiencia Provincial de Álava.

De hecho, algunos de los imputados recurrieron directamente en apelación a la Audiencia, como es el caso del principal acusado, el ex número dos del PNV en Álava y diputado foral de Administración Local, Alfredo de Miguel.

La mayoría de los 15 recurrentes ante el juzgado instructor alegan que en el auto del pasado 9 de marzo en el que se dio por finalizada la instrucción no se concretó de forma individualizada los delitos que presuntamente habrían cometido cada uno de ellos.

El juez instructor, Roberto Ramos, consideró entonces que los hechos investigados son presuntamente constitutivos de once delitos, entre ellos los de prevaricación, cohecho, tráfico de influencias, blanqueo de capitales, malversación de caudales públicos, fraude a las administraciones públicas, falsedad en documentos públicos o mercantiles, contra la Hacienda Pública y alteración de precios en concursos y subastas.

Sin embargo, el juez rechaza ahora ese argumento y precisa que los recurrentes "han conocido debidamente tanto los hechos que se les imputan como los supuestos delitos" que han podido cometer porque fueron informados de ello en sus respectivas declaraciones en el juzgado.

También desestima que el auto de fin de la instrucción carezca de motivación porque en él "se exponen los hechos con relevancia penal investigados, se identifica a los presuntos autores", se exponen los "indicios de responsabilidad criminal existentes" y se hace una "calificación jurídica provisional" de esos hechos.

Los recurrentes piden también que se declare nulo el auto del 9 de marzo al considerar que ha podido producirse indefensión por distintos motivos, algo que tampoco admite el juez instructor.

Recuerda que en su auto explicaba que por las investigaciones desarrolladas "ha quedado indiciariamente acreditado" que existió una "trama organizada en torno al imputado Alfredo de Miguel", quien con la ayuda de otros imputados "lideró un entramado societario" dirigido a "obtener irregularmente contratos" públicos de "diferentes administraciones o entes gobernados por el PNV".

En otros casos se pide la nulidad por la falta de validez de las grabaciones efectuadas en sus comunicaciones y por la prescripción de algunos delitos, pero el instructor señala que estos aspectos deberán dirimirse en el juicio o podrán exponerse en las alegaciones que presenten una vez que se formulen los escritos de acusación.

 
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