El TSJCV dice no a Camps
El expresident había recurrido su imputación en VALMOR. El alto tribunal señala que Camps olvidó pedir la nulidad de las actuaciones y considera que las acusaciones del fiscal no son inverosímiles
Valencia
La sala de lo Civil y Penal del TSJCV ha dicho que no a Camps, a Lola Johnson y al expiloto Jorge Martínez Aspar. Los tres habían recurrido su imputación en el caso VALMOR por irregularidades en la contratación y gestión de la Fórmula 1 en Valencia y por la posterior compra de VALMOR por un euro por parte del gobierno valenciano. La sala considera que no hay razones para considerar que la querella del fiscal deba ser rechazada de entrada y mantiene que deben abrirse diligencias.
Ya lo hizo la Sala en una resolución del 3 de febrero pasado, cuando acordó abrir esas diligencias. Ahora lo confirma en este auto, con fecha 6 de marzo, contra el que no cabe recurso.
No considera el alto tribunal que se den los supuestos de indefensión que plantean los imputados y recuerda que las actuaciones se sustentan en cinco tomos de documentación y varias testificales.
En el caso de Francisco Camps, la sala subraya que si bien el ex president, que ha decidido defenderse a sí mismo, cita toda una serie de defectos y errores que avalarían la nulidad de las actuaciones se olvidó de pedir esa nulidad.
LA TRADUCCIÓN
Sobre la polémica traducción de la declaración de Bernie Ecclestone y tal como avanzó la SER el tribunal indica que los posibles defectos quedaron subsanados por la traducción presentada por la propia fiscalía y realizada por el servicio de traducciones de la Fiscalía General del Estado.
Y añade la sala que el instructor del procedimiento puede acordar las declaraciones que considere oportunas.
Recordamos que la querella de la Fiscalía Anticorrupción se centra en cuatro aspectos fundamentales: el contrato firmado entre VALMOR y la empresa pública Circuito del Motor para la celebración de la Fórmula 1; la orden dada por Francisco Camps para la Generalitat se convirtiera en avalista de VALMOR sin atender el procedimiento administrativo fijado por la ley; la orden dada a Lola Johnson por el ex president para que el Consell avalara a la empresa y la asunción del canon anual de 26 millones de euros sin asumir ningún derecho.