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Archivada la causa por la muerte de Ane Ganuza

La Audiencia Provincial de Álava ha confirmado el archivo de la causa por la muerte de la niña de tres años residente en La Puebla de Arganzón que falleció en marzo del año pasado en Txagorritxu

Una imagen de La Puebla de Arganzón donde residía la niña fallecida / EFE

Una imagen de La Puebla de Arganzón donde residía la niña fallecida

Vitoria

Los padres de la pequeña denunciaron a las administraciones sanitarias de Euskadi y Castilla y León al considerar que los médicos y que la persona que atendió sus llamadas en el teléfono de emergencias 112 -quien decidió no enviar una ambulancia para trasladar a la niña al hospital- podrían haber actuado de manera negligente o imprudente.

El Juzgado de Instrucción número 4 de Vitoria decretó sin embargo el sobreseimiento de la causa al entender que la atención recibida por la niña no fue reprochable penalmente y que la actuación tanto del médico de atención primaria como del personal de urgencias fue "acorde con las prácticas médicas o clínicas normalizadas".

Los padres recurrieron entonces el sobreseimiento ante la Audiencia Provincial de Álava y reclamaron un nuevo informe pericial, pero el tribunal alavés ha confirmado ahora el archivo definitivo del proceso.

En un auto al que ha tenido acceso Efe, la Audiencia considera que "se puede inferir" que el recurso obedece a que el resultado del informe forense fue "negativo para sus intereses" y que no se basa en la "falta de capacidad" que "implícitamente" achacan los padres a los médicos encargados de ese informe.

La Audiencia recuerda que en Euskadi el órgano encargado de estas pruebas periciales es el Instituto Vasco de Medicina Legal, que nombró a dos "expertos imparciales" y comunicó esta decisión a las partes.

En opinión del alto tribunal alavés fue en ese momento (mayo del año pasado) cuando los padres debían haber expresado la "incapacidad o inhabilidad" de esos forenses "o al menos la conveniencia de que fuera otro u otros los que llevaran a cabo" la prueba.

"Si (su abogado) no lo hizo se ha de entender que implícita, pero claramente, aceptaba con todas las consecuencias la referida designación de peritos y se puede inferir que ha sido el resultado negativo que para sus intereses tiene el dictamen (...) lo que le ha llevado a cuestionar" la elección de los forenses, argumenta el tribunal.

El auto considera además que los padres de la niña no han "razonado de manera convincente" que más pruebas periciales hubieran derivado en un final "favorable" para ellos.

La Audiencia destaca que "no existe un derecho ilimitado a la práctica de pruebas" y que con el informe de los forenses y "otros documentos médicos que coinciden con tal parecer" se han "agotado los medios 'razonables' y eficaces de investigación".

Por todo ello el alto tribunal alavés confirma el archivo de la causa, que es definitivo al no poder recurrirse su decisión.

 
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