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El Gobierno aprueba el decreto que permite la reapertura de Garoña

Las eléctricas tienen hasta el 6 de julio para solicitar la reapertura y la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáez de Santamaría, dice que se abre la puerta a que la central nuclear vuelva a operar

La central nuclear de Garoña, situada en Burgos, es la más antigua de España(NUCLENOR)

La central nuclear de Garoña, situada en Burgos, es la más antigua de España

El Consejo de Ministros ha dado luz verde al Real Decreto para la Gestión Responsable y Segura del Combustible Nuclear Gastado y de los residuos radiactivos que permitirá a Nuclenor, titular de la central nuclear de Santa María de Garoña (Burgos) solicitar la renovación de su licencia antes del 6 de julio, por lo que se abre la puerta a que la planta pueda volver a operar, según ha anunciado la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáez de Santamaría.

Según el último borrador de Proyecto de Real Decreto al que ha tenido acceso Europa Press, finalmente la fórmula de renovación de la autorización de explotación será el modo en que la planta burgalesa podría volver a operar.

El texto incorpora una disposición adicional primera que modifica el Reglamento de Instalaciones Nucleares y Radiactivas de 1999, en la que modifica los artículos 5, 12, 20, 28, 36, 37 y agrega una disposición transitoria sexta que se refiere, precisamente, al caso en el que se encuentra la central burgalesa.

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Concretamente, dicha disposición transitoria se refiere a las centrales que, una vez se apruebe este Real Decreto hubieran obtenido una declaración de cese definitivo de la explotación por razones distintas a las de seguridad nuclear o protección radiológica, podrán solicitar la renovación de la autorización de explotación, siempre que no hubiera llegado a transcurrir un año desde la obtención de declaración de cese.

De acuerdo con la modificación que el texto plantea del artículo 28 del Reglamento, el titular de una autorización de explotación deberá comunicar "al menos con un año de antelación a la fecha prevista, su intención de cesar la actividad para la que fue concebida la instalación.

El Real Decreto, según el borrador, modifica también el artículo 36, al añadir esta nueva posible situación que ahora se da en Garoña. De este modo, las instalaciones radiactivas del ciclo del combustible nuclear requerirán de autorización previa; de construcción; autorización de desmantelamiento y declaración de clausura o autorización de desmantelamiento y cierre y declaración de cierre y, en su caso, autorización de modificación y de cambio de titularidad.

El Reglamento establece que en el caso de solicitud de renovación de autorización en las instalaciones el informe preceptivo del Consejo de Seguridad Nuclear deberá remitir al Ministerio de Industria, Energía y Turismo, al menos un mes ante de la fecha de caducidad de la autorización vigente, aunque esto no será de aplicación en el supuesto de renovación de la explotación del cese previsto en el apartado 1 del artículo 28.

La central nuclear de Garoña se rige en la actualidad por una orden ministerial de cese de explotación, que firmó el secretario de Estado de Energía del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, el 5 de julio de 2013, un día antes de que finalizara la licencia de operación de la central sin que esta pidiera, tal y como se habilitó entonces, una renovación de su vida. La planta comenzó a operar en 1970 y en 2009, cuando cumplía 40 años de vida útil obtuvo una nueva licencia condicionada hasta el 6 de julio de 2013. Nuclenor, su titular había solicitado una ampliación de su explotación hasta 2019.

 
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