Sociedad | Actualidad

Masiva renuncia de los abogados del turno de oficio a las guardias

4.500 abogados cubren en la región el servicio de justicia gratuita

La Asociación de Letrados por un Turno de Oficio digno, ALTODO, asegura que han recogido ya multitud de renuncias, lo que significa que, a partir del 1 de octubre, los jueces tendrán que dejar en libertad a los detenidos que no puedan costearse un abogado

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El turno de oficio asiste a los detenidos sin recursos (de penal, extranjería, menores, violencia de género) que no tienen más opción que la justicia gratuita. Están a disposición del Colegio de Abogados, perfectamente comunicados desde las 22 horas de la noche de un día hasta las 22 horas del día siguiente, por si los llaman desde una comisaría o desde un juzgado. El servicio lo abona el propio Colegio, gracias a los fondos -en este caso- de la Comunidad de Madrid, a razón de 113 euros por guardia, descontado el IRPF. El problema se agrava cuando los últimos presupuestos regionales reducen en un "20% los honorarios de abogados y procuradores y la cantidad que se destina a los colegios profesionales para que puedan gestionar el servicio de asistencia jurídica gratuita"

El servicio de 2012 aún está por pagar, está además pendiente de pago el cuarto trimestre de 2011 porque "presupuestan muy por debajo de lo que se sabe que va a costar el servicio", práctica que se aplica, según Isidro Moreno, portavoz de ALTODO, desde 2008. La situación la califica de "muy grave" e indica que, a día de hoy, a la Comunidad de Madrid "le quedan 2 millones de euros en el arca destinada a pagar la justicia gratuita". A todo esto se suma la decisión del gobierno regional de no pagar la asistencia letrada gratuita en los casos en los que, una vez cubierto el servicio, se le deniegue a la persona en cuestión. Y cuando la solicitud se archive porque la persona, también cubierto el servicio, no presenta la documentación necesaria, lo que ocurre a menudo, señala Moreno, habida cuenta de que "asistimos a enfermos mentales, indigentes, extranjeros, presos" lo cual supone una pérdida total de ingresos ya cercana al 80%.

Isidro Moreno admite que es la decisión de renunciar a las guardias es una medida "contundente" porque los detenidos no pueden estar privados de libertad más de 72 horas antes de pasar a disposición judicial. El juez no puede, de ninguna manera, recibir una declaración de un arrestado sin que esté presente un abogado, de oficio o particular. Cualquier actuación en ese sentido sería "nula de pleno derecho". Así que la renuncia a las guardias, por parte del turno de oficio, significa la libertad de los detenidos que no se vean asistidos por un abogado. Las asociaciones del turno de oficio están organizando un sistema "de suspensión de guardias", un derecho contemplado en sus normas reguladoras, legal. Sin contar con los colegios profesionales, están recogiendo "multitud de renuncias", con una respuesta muy positiva porque la mayoría, resume Isidro Moreno, "está desesperada, los abogados también pagamos hipotecas".

 
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