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La jueza que investiga la DANA pone el foco en el receso en el Cecopi y en la suspensión de clases

La magistrada requiere también a la Guardia Civil la confección de un informe sobre la cronología del 29 de octubre

El president de la Generalitat, Carlos Mazón, y la delegada del Gobierno en la Comunitat Valenciana, Pilar Bernabé, durante la reunión del centro de Coordinación Emergencias (archivo) / Kai Forsterling (EFE)

El president de la Generalitat, Carlos Mazón, y la delegada del Gobierno en la Comunitat Valenciana, Pilar Bernabé, durante la reunión del centro de Coordinación Emergencias (archivo)

Valencia

La titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Catarroja, que investiga las muertes y lesiones causados por la DANA, ha encargado a la Unidad Orgánica de la Policía Judicial de la Guardia Civil la elaboración de un informe que detalle la cronología de los hechos sucedidos el pasado 29 de octubre.

Ese informe deberá ceñirse al análisis del desbordamiento de los ríos, barrancos y embalses en relación con los fallecimientos y lesionados registrados, según consta en el auto notificado este jueves a las partes.

La confección de ese documento había sido solicitada por la Fiscalía en un escrito fechado el pasado 21 de febrero en el que se pedía que el atestado policial fuera más amplio e incluyera otros extremos que han sido denegados por la instructora.

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Así, la titular del Juzgado entiende que ya avanzada la investigación y acordado “un importante número de diligencias”. bien de oficio bien a instancias de las partes personadas, judicializada por tanto ya la causa, “el análisis de la evitabilidad de los fallecimientos y la posible comisión de delitos (‘ilícitos penales’) no puede trasladarse a un informe policial”.

Igualmente, en esta fase de instrucción, que se centra en las medidas “que hubieran evitado los fallecimientos” (…), “la necesaria toma de declaraciones por los partícipes en sede policial chocaría con la propia investigación judicial”.

“Ha de recordarse que en un atestado de tales características sería preciso la toma de declaración de testigos, y que diversas acusaciones particulares y populares han solicitado la declaración de los querellados”, precisa, por lo que “la declaración de los eventuales investigados no puede efectuarse policialmente”.

En la resolución, la magistrada destaca la utilidad de las “piezas periodísticas” y grabaciones audiovisuales efectuadas por los medios de comunicación que éstos han aportado al juzgado tras serles requeridas por éste, y que “permiten hacerse una idea de cómo evolucionó la situación el 29 de octubre en toda la provincia de Valencia”.

Entre las diligencias de investigación acordadas por la juez en este auto destaca el requerimiento a la Conselleria de Interior y Emergencias para que le informe, en el plazo de tres días, si durante la reunión que se mantuvo en el Centro de Coordinación Operativa Integrado (Cecopi) el 29 de octubre de 2024 “se produjo algún receso”.

Igualmente, la instructora ha pedido a la Universitat de València, que acordó “acertadamente” suspender las clases el día de la Dana, que le informe de qué órgano concreto tomó esa decisión, en que información se sustentó y si en ella participó “algún técnico”.

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