Sociedad

La Generalitat ejercerá la acción popular en el crimen de Lorena, víctima de violencia sobre la mujer en Castellón

GRAFCVA2580. VALENCIA, 04/09/2024.- Numerosas personas participan en la concentración convocada este miércoles por la Coordinadora Feminista de València en la plaza del Ayuntamiento de la capital valenciana para decir "basta al terrorismo machista" tras el asesinato de una mujer de 47 años, Lorena, a manos de su pareja en Castellón. EFE/Biel Aliño / Biel Aliño (EFE)

GRAFCVA2580. VALENCIA, 04/09/2024.- Numerosas personas participan en la concentración convocada este miércoles por la Coordinadora Feminista de València en la plaza del Ayuntamiento de la capital valenciana para decir "basta al terrorismo machista" tras el asesinato de una mujer de 47 años, Lorena, a manos de su pareja en Castellón. EFE/Biel Aliño

Castellón

El Consell ha autorizado a la Abogacía General de la Generalitat a ejercer la acción popular en el asesinato en Castelló de la Plana de Lorena Pilar, primera víctima de violencia machista en 2024 en la provincia. Fue su pareja sentimental la que se presentó a principios de septiembre en una comisaría de Barcelona para confesar el crimen. La mujer ya había sufrido malos tratos por un exnovio, que fue condenado por matar al padastro de Lorena en 2018.

Según el Consell, el suceso constituye "un caso de violencia sobre la mujer, un problema de ámbito social público de interés general que obliga a los poderes públicos a actuar de manera activa con el objetivo de lograr su plena erradicación".

El artículo 36 de la Ley 9/2003, de 2 de abril, de la Generalitat, para la Igualdad entre Mujeres y Hombres establece que la conselleria con competencias en materia de mujer podrá proponer al Consell de la Generalitat el ejercicio de la acción popular, a través de la Abogacía General de la Generalitat, o de abogadas o abogados colegiados, en estos supuestos de agresiones físicas en los que se cause la muerte o lesiones graves a mujeres residentes en la Comunitat Valenciana.

La Ley Integral contra la Violencia sobre la Mujer en el ámbito de la Comunitat Valenciana, 7/2012, de la Generalitat, establece en su artículo 58 que la Generalitat ejercerá la acción popular en todos los procedimientos penales que se sigan por delitos de violencia sobre la mujer con resultado de muerte, así como en aquellos casos en los que se genere alarma social o se causen lesiones graves e invalidantes.

En su caso, la Generalitat solicitará siempre la privación de la patria potestad del presunto agresor. Asimismo, la Ley 10/2005, de Asistencia Jurídica de la Generalitat, dispone que corresponde a los abogados y abogadas de la Generalitat, integrados en la Abogacía General de la Generalitat, la representación y defensa en juicio.

El objetivo de la actuación institucional de la Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda en caso de asesinatos de mujeres es "aunar esfuerzos y visibilizar de forma conjunta el rechazo a los actos de violencia sobre la mujer, en aquellos casos en que se produzca la muerte de una mujer o de sus hijos o hijas en la Comunitat Valenciana".

 
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