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La Audiencia Nacional suspende la pena de prisión para Pedro García y otros dos condenados en la causa por la visita del Papa a València

Tiene en cuenta que dos han hecho un "importante esfuerzo reparador" y que el tercero tiene problemas médicos importantes

Imagen de la Audiencia Nacional. / Europa Press News

Imagen de la Audiencia Nacional.

València

La Audiencia Nacional ha acordado suspender la ejecución de la pena de prisión para tres de los condenados por la pieza del denominado 'caso Gürtel' en la que se juzgó a la trama por la adjudicación ilegal al Grupo Correa del contrato de suministro de pantallas, sonido y megafonía para la visita del papa Benedicto XVI a València con motivo del V Encuentro Mundial de la Familia, celebrado en la ciudad los días 7, 8 y 9 de julio del año 2006.

En tres autos, a los que ha tenido acceso Europa Press, el Servicio Común de Ejecutorias de la Sección Segunda de la Sala de lo Penal indica que procede conceder esa suspensión para los condenados Pedro García Gimeno --quien fuera director de Radio Televisión Valenciana (RTVV)--, Óscar Fragio Díaz --gerente de la subcontrata implicada-- y José Luis Martínez Parra --vicepresidente de Teconsa--, y lo condiciona a que no vuelvan a delinquir en el plazo que dure dicha suspensión.

La sentencia condenatoria fue publicada en noviembre de 2020, y fue casada posteriormente por el Tribunal Supremo. En concreto el tribunal sentenciador impuso penas de hasta 15 años de cárcel a 19 de los 23 acusados. Así, por ejemplo, al líder del Grupo Correa, Francisco Correa, le impusieron una pena de 13 años y 7 meses de prisión; a su mano derecha Pablo Crespo, 15 años y 5 meses; y a su colaborador Álvaro Pérez 'el Bigotes', 6 años y 9 meses.

Ahora, la Audiencia Nacional explica sobre el caso concreto de Pedro García, condenado a más de 6 años de cárcel, que para concederle la suspensión de la pena por cinco años tiene en cuenta que es la primera vez que delinque y que "ha llevado un importante esfuerzo reparador habiendo ingresado la cantidad de 489.160 euros antes del juicio oral". Con todo, le impone una multa diaria de 20 euros durante dos años y le advierte de que si no cumple le revoca la suspensión.

En cuanto a Fragio, la Audiencia Nacional resalta que también procede la suspensión que fija en 4 años, porque es la primera vez que delinque, porque su pena no supera los dos años y porque también ha llevado a cabo un "importante esfuerzo reparador" porque ha ingresado 200.000 euros antes del juicio oral.

De Martínez Parra, condenado a más de 11 años de prisión, el tribunal señala que concede la suspensión por 5 años por razones médicas dado que encaja en el requisito de sufrir "enfermedades muy graves con padecimientos incurables", a lo que añade la edad del condenado. Apunta, no obstante, que esa suspensión se condiciona a que presente un informe semestral de su estado de salud.

Sobrecoste de 3,2 millones

Cabe recordar que en su sentencia condenatoria, la Audiencia Nacional considera que hubo una adjudicación directa por parte del director de RTVV a favor de la empresa interpuesta por el Grupo Correa, Teconsa, del contrato de suministro de pantallas, sonido y megafonía para la visita del Papa con una clara finalidad de enriquecimiento ilícito por el sobrecoste pagado, que ascendió a 3,2 millones de euros.

El contrato se firmó "por un precio excesivo a la elaboración formal del expediente administrativo" con la colaboración de empleados públicos de RTVV, y se antedataron los trámites esenciales con el fin de dotar de apariencia de legalidad e incurriendo en el elaborado en sucesivas infracciones de la normativa administrativa.

Con posterioridad, continúa la Sala, el importe cobrado de la RTVV por TECONSA se canalizó hacia distintos beneficiarios a través de un entramado de facturas ficticias e irregulares abonadas por TECONSA, y que ésta procedió a deducir en los correspondientes Impuestos de Sociedades y del IVA.

Los magistrados consideran acreditado que al menos desde octubre de 2005 la organización de Correa inició una serie de actuaciones dirigidas a conseguir la adjudicación de modo ilícito la prestación de servicios para el encuentro que se iba a celebrar en julio.

Correa, Crespo, Pérez Alonso y García Gimeno se concertaron para que la contratación se realizara por la RTVV a favor de TECONSA, para lo que consiguieron que la fundación organizadora del encuentro firmara un convenio de colaboración con RTVV el 27 de febrero de 2006. En él cedían la señal institucional a dicho ente y le cargaron el coste de la contratación de las pantallas, sonido y megafonía.

Por tanto, señalan, el Convenio fue "el mecanismo jurídico utilizado" para que la RTVV se hiciera cargo de un coste que no le correspondía porque para la retransmisión no eran necesarias las pantallas.

 
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