Los curas podrán entrar en coche a las zonas restringidas del centro de València por orden judicial
El TSJ condena al Ayuntamiento de València a permitir el acceso en coche a los curas de las iglesias de dentro del APR de Ciutat Vella. La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso
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Una de las entradas al APR de Ciutat Vella Nord / Ayuntamiento de València
![Una de las entradas al APR de Ciutat Vella Nord](https://cadenaser.com/resizer/v2/PZ3R3RLU6RBDJF66DOBG4VDGXM.jpg?auth=e5cd5647958505d093aa428e8f128f30dec777f2222cc22e75a88394c9ce7521)
València
Los curas podrán entrar en coche a las zonas restringidas del centro de València por orden judicial. En una sentencia con fecha de 9 de marzo la sección cuarta de la sala contencioso-administrativa del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) estima el recurso interpuesto por el Arzobispado de Valencia contra el acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 27-11-2020 de creación de un área de prioridad residencial denominada Ciutat Vella Nord.
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La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de casación en un plazo de 30 días ante el Tribunal Supremo o en su caso, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSJCV.
Los magistrados consideran que los curas y demás personas que acuden a oficiar el culto y mantener las iglesias o parroquias que se encuentran dentro de dicha área tienen que tener el mismo derecho que los titulares de comercios o empresas que dispongan de local u oficina en la zona de acceso restringido.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso la Cadena SER, los magistrados aseguran que "de los distintos supuestos que se recogen en el número 7 del acuerdo, en el que, atendiendo a las necesidades de personas, entidades, empresas y establecimientos ubicadas en el área restringida, se les permite en su favor el acceso rodado de vehículos a través de los trámites y permisos previstos en el acuerdo, no aparece la iglesia católica a pesar de las parroquias e iglesias de que dispone en el área, cuyas actividades requieren la dedicación de personas que presten los servicios de culto a los que se dedican y faciliten el funcionamiento de tales centros religiosos".
Por ello, "no encontramos justificación para que las iglesias y parroquias ubicadas en el área de acceso restringido no tengan una previsión similar de atención por parte de esa disposición cuando, como resulta obvio, atienden necesidades de culto y prestan asistencia religiosa a las personas que concurren a sus actos y ceremonias para lo cual precisan de individuos que oficien esos actos y sean auxiliadas por otros, incluyendo las que deben cuidar de sus edificios y centros, que se deben desplazar a esos lugares para lo que precisan en muchos casos recurrir a turismos de uso particular".
"Ante esta situación y necesidad", concluye la sentencia, "no encontramos justificación para que ante un caso muy parecido o similar con el que admiten parangón, como es el de las empresas titulares de un comercio o empresa que disponga de un local u oficina en el área, a éstas se les permita el acceso rodado en las condiciones y por el contrario, a la iglesia o parroquia allí establecida no se le facilite cuando tiene idénticas necesidades con el fin de poder desarrollar sus funciones y actividades".
Y es que, a su juicio, "se trata de situaciones básica o sustancialmente iguales a las que se les debe dar un tratamiento equivalente con el fin de que no resalte la discriminación inmerecida cuando en esta materia y a mayor abundamiento no podemos obviar el deber del Estado de cooperar con la Iglesia Católica y las demás confesiones religiosas, según el art. 16.3 de la Constitución Española".
El PP pide la paralización del APR hasta que haya consenso
Tras conocer la sentencia el concejal del PP, Carlos Mundina, ha vuelto a reclamar que se apaguen las cámaras de control de acceso hasta que se consensue la medida con comerciantes, falleros y vecinos. Mundina recuerda que en lo que lleva en vigor el Ayuntamiento de València ha recaudado casi dos millones de euros en multas.
Carlos Mundina (PP) pide suspender el APR de Ciutat Vella hasta que se consensue con comerciantes, vecinos y falleros
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El Ayuntamiento acata la sentencia
Por su parte, el alcalde Joan Ribó valora de manera muy positiva la sentencia que acatarán "con agrado" y no recurrirán.
Y es que, aunque el Ayuntamiento tendrá que rectificar el haberse olvidado de los curas entre los posibles solicitantes de la tarjeta de acceso, según Ribó, el tribunal también avala jurídicamente el APR.
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Y es que para empezar la sentencia niega que la APR se trate de una disposición de carácter general, sino que es un acto administrativo, por lo cual es correcto el procedimiento de elaboración y la competencia de la Junta de Gobierno Local. Además, asegura que la finalidad de la restricción del tráfico por la preservación del patrimonio histórico y cultural, la mejora en la prestación de los servicios públicos, o de preservación del medio ambiente y evitar contaminación es "un objetivo legítimo y loable".
Pero eso que también la sentencia deja claro que en modo alguno la APR "impide o prohíbe la libertad religiosa o de culto", como planteaba el Arzobispado en su recurso, porque "cualquier persona puede seguir desplazándose a esas parroquias o iglesias recurriendo al transporte público o por sus propios medios".
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Manuel Gil
Redactor de Radio Valencia Cadena SER