Condenado por atropellar mortalmente a un hombre que cruzaba a pie la M40 en Leganés
La Audiencia Provincial considera que no mantenía la distancia de seguridad con el vehículo precedente a pesar de sí respetar la velocidad del tramo
Alba Sánchez, portavoz de Toro Abogados, repasa los fundamentos de la sentencia condenatoria contra un conductor que atropelló a un peatón e la M-40
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Leganés
La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a un conductor a indemnizar a la familia del hombre que atropelló mortalmente en la M40 en Leganés, a pesar de que el fallecido estaba atravesando a pie los cuatro carriles de esa vía. Los hechos ocurrieron en julio de 2020 a la altura del barrio de La Fortuna.
La sentencia hace bueno el argumento de los familiares (representados por Toro Abogados), que recurrieron el fallo inicial (del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Madrid), defendiendo que se había producido conducción imprudente al no respetar la distancia de seguridad con el vehículo anterior (según demostró con las grabaciones de las cámaras de tramo de la DGT). Según han detallado desde Toro Abogados se trata de la 'teoría de la culpa exclusiva de la víctima', según la cual el conductor debe haber respetado todas las normas de tráfico para ser eximido totalmente de responsabilidad en el atropello; según su portavoz Alba Sánchez cada vez se dan más sentencias de este tipo en el caso de atropellos de peatones que cruzan por lugares indebidos.
"Si hubiera circulado más alejado hubiera podido ver y comprender la razón por la que el vehículo que iba delante frenaba, y haber evitado el atropello, o, al menos, haber reducido sus devastadores efectos en la persona del peatón”, recoge la sentencia.
Por ello, se condena a la aseguradora del conductor (Pelayo Seguros) al pago de algo más de 92.000 euros (casi 69.000 euros a la madre de la víctima y 23.500 al hermano). Así se considera al peatón responsable del 75% de su propio atropello y al conductor del 25% restante.
Respetaba la velocidad pero no la distancia
La actual sentencia reconoce que el hombre de 57 años estaba atravesando a pie los cuatro carriles de la M40, evidentemente por un punto no autorizado; también que el conductor respetaba con holgura la velocidad del tramo (80 km/h cuando se permitía 100 km/h) y dio negativo en la prueba de drogas y alcoholemia.
El argumento es que, cuando un primer coche frenó en seco para no atropellar al hombre, el vehículo de detrás realizó una maniobra para esquivarle, que llevó al arrollamiento del finado.