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Sociedad

Pacma advierte al Ayuntamiento de Parla que tanto la bueyada infantil como el toro al cajón "podrían ser ilegales"

Su celebración está prevista para los días 13 y 14 de septiembre dentro de las fiestas patronales

La última bueyada infantil en las fiestas de Leganés / Ayuntamiento de Leganés

La última bueyada infantil en las fiestas de Leganés

Parla

La coordinadora provincial del Partido Animalista Con el Medio Ambiente (PACMA) en Madrid, Asunción Estévez, ha denunciado mediante un escrito al alcalde Parla, Ramón Jurado Rodríguez, que la celebración del festejo taurino 'II Toro de cajón' y la bueyada infantil previstos para los días 13 y 14 de septiembre "podrían ser constitutivos de diversas infracciones a la normativa vigente en la Comunidad de Madrid".

Pacma ha destacado que el 'Toro de cajón' se celebró en Parla por primera vez en 2019. Esto significaría que su autorización podría contravenir el artículo 9.3 del Decreto 112/1996 y el artículo 25 h) del Real Decreto 145/1996, al carecer de una tradición documentada en dicha localidad como establece la normativa. Además, recuerdan que la modalidad de 'Toro de cajón' no está incluida en el Reglamento de Festejos Taurinos Populares de la Comunidad de Madrid, "lo que refuerza la improcedencia de su autorización por parte del Ayuntamiento".

A su vez, Pacma denuncia que la 'bueyada infantil' es un espectáculo taurino popular "no autorizado ni regulado" en la Comunidad de Madrid, como establece el Decreto 112/1996. Además, al tratarse de un espectáculo público, "vulnera el artículo 5 de la Ley 17/1997, que prohíbe actividades que impliquen crueldad o maltrato hacia los animales". Para mayor refuerzo, un buey no puede ser considerado una res brava, indican. Estévez añade que dicho espectáculo pretende ser infantil, como su propio nombre indica, siendo ello impropio a razón del artículo 35 del mismo Decreto 112/1996, de 25 de julio, donde se exige que la edad mínima de participación será de 16 años.

Por último, la formación política sostiene que se vulneraría el artículo 25 de Protección del menor, apartado 2, del mencionado Decreto, que prohíbe la participación de los menores en los establecimientos, espectáculos y actividades enumeradas en el art. 31.1 de la Ley 6/1995, de 28 de marzo, reguladora de las Garantías de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia; el cual hace referencia a espectáculos violentos o con contenidos que atenten al correcto desarrollo de su personalidad.

En virtud de las irregularidades detectadas y el "incumplimiento de la normativa autonómica" aplicable, Pacma solicita al Ayuntamiento de Parla y a la Comunidad de Madrid la adopción de medidas cautelares para la suspensión de los eventos previstos y que se prohíban ambas celebraciones previstas.

 
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