Tribunales | Actualidad

El Tribunal Constitucional admite a trámite el recurso del Defensor del Pueblo contra la Ley Trans de Ayuso en Madrid

La institución representada por Ángel Gabilondo puso en duda la validez de un precepto que podría suponer la vulneración del principio al libre desarrollo de la personalidad de los menores transexuales

Dos banderas trans ondean en la Puerta del Sol de Madrid, en el Orgullo de 2020. / NurPhoto

Dos banderas trans ondean en la Puerta del Sol de Madrid, en el Orgullo de 2020.

Madrid

El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite este martes el recurso que presentó el Defensor del Pueblo contra la reforma de la Ley Trans, modificada recientemente por el Ejecutivo autonómico. El recurso de inconstitucionalidad pone en duda la coherencia de un artículo del texto reformado con la Carta Magna, concretamente el artículo 14.2 letra b. La institución representada por Ángel Gabilondo entiende que este artículo puede suponer la vulneración de los derechos de los menores transexuales, atendiendo al principio al libre desarrollo de la personalidad.

La reforma del artículo en cuestión establece lo siguiente: "Los menores trans tendrán derecho a recibir:

Tratamiento hormonal cruzado en el momento adecuado de la pubertad para favorecer que su desarrollo corporal se corresponda con el de las personas de su edad, a fin de propiciar el desarrollo de caracteres sexuales secundarios deseados. Para iniciar el tratamiento farmacológico será requisito necesario que previamente reciban apoyo de los profesionales de salud mental infanto-juvenil, mantenido durante todo el proceso y en el caso de que existiera comorbilidad será imprescindible un informe favorable del profesional que esté tratando al menor en dichas patologías.

Dicho tratamiento se producirá bajo la autorización de quienes posean la tutela de la persona menor de edad o por autorización del juez que los sustituya. El protocolo de actuación determinará el procedimiento a seguir en aquellos casos en que el equipo profesional estime la improcedencia por existir circunstancias que pongan en riesgo la salud del menor.".

Para Gabilondo, "Presumir que es bueno para todos los menores recibir el apoyo de profesionales de la salud mental, así como exigir un informe favorable del médico que trate al menor en caso de padecer alguna enfermedad, lejos de protegerles les estigmatiza, y restringe el ejercicio del derecho a preservar su intimidad, su espacio de seguridad y libertad frente a terceros, y a desarrollarse de la manera deseada".

Sigue el canal de la SER en WhatsApp
Encontrarás toda la información, el deporte y el entretenimiento: la actualidad del día y las noticias de última hora, los mejores vídeos y momentos de la radio, entrevistas, reportajes y mucho más.

Suscríbete ahora
 
  • Cadena SER

  •  
Programación
Cadena SER

Hoy por Hoy

Àngels Barceló

Comparte

Compartir desde el minuto: 00:00