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Parla bonificará el 30 por ciento del IBI a las viviendas que instalen placas solares

La rebaja será durante los próximos tres años y se podrá solicitar durante el primer trimestre de 2023

El Ayuntamiento de Parla bonificará la instalación de placas solares / LOURDES BALDUQUE

El Ayuntamiento de Parla bonificará la instalación de placas solares

Parla

El Pleno municipal del Ayuntamiento de Parla ha aprobado provisionalmente una modificación de las ordenanzas fiscales para contemplar una bonificación a aquellas viviendas que instalen placas solares y apuesten por el autoconsumo energético. En concreto, será una rebaja del 30 por ciento en el Impuesto de Bienes Inmuebles que se aplicará durante los próximos tres años y que podrá ser solicitada el primer trimestre del año que viene, del 1 de enero al 31 de marzo de 2023.

La rebaja ha sido aprobada a propuesta del Gobierno local con los votos favorables de PSOE y Unidas Podemos-IU y las abstenciones de toda la oposición. Según el concejal de Hacienda, Andrés Correa, con esta iniciativa quieren “incentivar a la ciudadanía a apostar por las energías limpias mediante la instalación de sistemas de aprovechamiento de la energía solar, al tiempo que rebajar su carga contributiva mediante la bonificación del IBI”.

Podrán acogerse a la bonificación los sujetos pasivos de pisos o locales en régimen de propiedad horizontal, que realicen una instalación compartida para el abastecimiento de energía a todos o algunos de los inmuebles de la comunidad, siempre y cuando estén vinculados a la instalación.

Las personas solicitantes de la bonificación deberán aportar copia del DNI del sujeto pasivo, copia del último recibo pagado del IBI o de la escritura en caso de ser vivienda de nueva construcción, copia de la licencia municipal de instalación del sistema o declaración responsable, proyecto o memoria técnica, factura de la instalación, declaración de técnico, visada por colegio oficial o justificante de habilitación técnica, que acredite que la instalación reúne los requisitos y relación de personas propietarias partícipes en la instalación y cantidades repercutidas por cada una de ellas, en caso de viviendas y locales en régimen horizontal. El importe anual de la bonificación no podrá superar el 25% de la inversión realizada y no se aplicará si legalmente la instalación era obligatoria.

 
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