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Sociedad | Actualidad

Dos años de cárcel para un hombre y siete meses y medio para una mujer por agredirse en el domicilio familiar de Getafe

Se ha acordado la suspensión de las dos penas de prisión por dos años, a condición de que en este tiempo no delincan y abonen la responsabilidad civil

La Audiencia Provincial de Madrid ratifica la sentencia de un juzgado de Getafe sobre la pareja que se agredió mutuamente en el domicilio familiar. / J.J.Gu

La Audiencia Provincial de Madrid ratifica la sentencia de un juzgado de Getafe sobre la pareja que se agredió mutuamente en el domicilio familiar.

Getafe

La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado la condena para una pareja por agredirse mutuamente en el domicilio familiar situado en Getafe. En concreto, ratifica la condena a dos años de prisión para el hombre y una pena de siete meses y medio para la mujer, según informa Europa Press.

Así, la Sala ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por la mujer contra la sentencia del Juzgado de lo Penal nº 2 de Getafe, que declaró probado que se encontraban junto a su expareja sentimental cuando comenzaron la discusión, que acabó en agresión entre ambos.

Según el auto, “la mujer arrojó un zapato que le impactó en el rostro, propinándole un empujón, mientras que el hombre le dio un manotazo en el pómulo derecho y un puñetazo en la boca”. Como consecuencia de esto, la mujer tuvo dolor en la región mandibular y cervical anterior, herida en el borde labial izquierdo y herida incisa en la mucosa de unos cinco milímetros de espesor, que requirió puntos de sutura. Estas heridas tardaron en curarse unos diez días, tiempo en que no puedo incorporarse a su trabajo.

Por lo que se refiere al hombre, también sufrió lesiones consistentes en dolor en la palpación de la región malar izquierda, como efecto secundario de un traumatismo en zona gingival inferior y dolor en la región cefálica, que duraron durante siete días, aunque no le impidieron realizar sus ocupaciones habituales.

La sentencia, que no es firme, recoge que ha existido agresión recíproca y que “ambos coacusados intervinieron activamente atacándose, lo que imposibilitaría la aplicación” de la eximente de legítima defensa. No obstante, el juez ha establecido que la ejecución de las dos penas queda suspendida, a condición de que ninguno cometa delitos durante dos años y abonen la responsabilidad civil.

 
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